miércoles, 29 de abril de 2020

¿Se está comportando bien la sociedad durante el Estado de Alarma?

Por Javier Ojer Alonso
(Policía Foral Navarra)

Séptima semana de Estado de Alarma en España. Casi cincuenta días en los que las fuerzas de seguridad pública hemos cambiado nuestro quehacer cotidiano y nos hemos centrado, en la mayoría de las ocasiones, a controlar lo establecido en el Real Decreto 463/2020. Una norma de la que se ha dotado el gobierno de nuestro país para controlar el correcto transcurrir de la cotidianidad a la que nos ha sometido la pandemia del coranavirus.
En todo este tiempo, parece ya una eternidad, las policías locales, las autonómicas y las estatales han realizado algo más de 760.000 propuestas de sanción en el conjunto del Estado. Cientos de miles de propuestas que, al parecer de no pocos juristas, rozan la ilegalidad, o cuando menos, tienen pocos visos muchas de ellas de no prosperar si llegan a la vía judicial. Sin embargo, en estas líneas no pretendo abrir este debate sobre la adecuación o no a la legalidad de esas propuestas. Ese debate lo dejo para los juristas.
Qué duda cabe que la policía ha actuado conforme a las órdenes, instrucciones y directrices que sus respectivas jefaturas han puesto encima de la mesa. Órdenes, instrucciones y directrices que, a su vez, estas jefaturas han recibido del ministro del Interior. Órdenes, instrucciones y directrices que, fundamentalmente y desde el punto de vista administrativo, se han basado en la aplicación de los artículos 35 y 36 de la Ley de Seguridad Ciudadana, pero también se ha tenido presente la Ley General de Salud Pública y la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. Veremos, cuando pase un tiempo, si éstas y aquéllas se ajustaban a derecho o no.
Aspectos jurídicos y legales aparte, quizás sea un buen momento para pararse y analizar por qué, en un país con algo más de cuarenta y siete millones de habitantes se han interpuesto semejante cantidad de propuestas de sanción. Nada más y nada menos que una media de 18.000 al día. Una cantidad que, en apenas estas siete semanas equivalen a lo propuesto por las fuerzas policiales en los últimos cuatro años por la misma Ley de Seguridad Ciudadana.
La seguridad pública en España se estructura en tres niveles administrativos: local (más de 2.000 cuerpos de policía local con cerca de 70.000 agentes), autonómico (Policía Foral, Mossos d’Esquadra, Ertzaintza y Cuerpo General de Canarias, con cerca de 25.500 agentes) y estatal (Policía Nacional con 68.000 y Guardia Civil con 78.500 agentes respectivamente. Tres niveles administrativos que engloban a unas 242.000 personas encargadas de velar por la seguridad ciudadana.
Atendiendo a los datos que se ofrecen a diario, está claro que el conjunto de policías locales de España acapara el 39% de todas las propuestas de sanción tramitadas, seguidas de la Guardia Civil (27%), Policía Nacional (25%) y Policías Autonómicas (9%). Siguiendo con los números, podemos concluir que, a día de hoy, se ha interpuesto una media de 3,14 propuestas de sanción por cada agente de policía, y que, una vez más, son las policías locales quienes ostentan el primer puesto con 4,2 denuncias por cada agente.
En cuanto a personas que han sido detenidas con arreglo al código penal, en el mismo período se han contabilizado 6.776. De éstas, el 44% han sido realizadas por la Policía Nacional, un 32% por las policías locales, un 14% por la Guardia Civil y el resto, un 10% por las policías autonómicas.
 Con todas estas denuncias y con las detenciones que se han producido… ¿se ha comportado la ciudadanía como era de esperar o por el contrario ha habido demasiada imprudencia? Está claro que la gran mayoría de los españoles y de las españolas han sabido y siguen sabiendo respetar la ley durante esta crisis sanitaria. Los datos así lo atestiguan. Es cierto, pero también lo es que más de tres cuartos de millón de españoles y españolas no han sabido o no han querido respeta dicha crisis. Desconozco si lo han hecho por acción o por omisión, si han sido propuestos para sanción por descuido, por desconocimiento o a sabiendas de que estaban incumpliendo una norma que, de forma mayoritaria, el resto estamos acatando. El hecho es que es enorme la cantidad de personas que incumplen. Y esto nos debe hacer reflexionar como sociedad.
La pandemia que asola a todo el mundo nos ha hecho cambiar de la noche a la mañana en nuestra forma de relacionarnos. La policía en un Estado de Derecho como el nuestro es la máxima garantía para que la ciudadanía pueda ejercer libremente sus derechos y libertades y se sienta segura.  Hoy algunos de esos derechos y libertades están restringidos por un bien común. La policía en su conjunto se está dedicando en cuerpo y alma a garantizar la seguridad y la salud de la población. No es un juego. No se trata de algo menor. La vida de la gente está en riesgo, y por ello, con mayor o menor acierto, nos estamos desviviendo por erradicar acciones insolidarias que ponen en grave peligro a nuestra sociedad. Por ello, seguimos haciendo uno y miles de llamamientos a actuar con responsabilidad social hacia los demás durante las próximas semanas en las que se irá produciendo una desescalada del confinamiento. Solamente así y con la ayuda del personal sanitario es como conseguiremos erradicar esta enfermedad.

lunes, 27 de abril de 2020

La intervención de las policías locales con personas con Discapacidad Intelectual.


Por David Garfella (Inspector de Policía Local. Valencia)

El preámbulo de la ley de coordinación de PPLL 17/17, indica las premisas sobre las cuales basar nuestro modelo policial de proximidad en la Comunidad Valenciana, entre otras encontramos :

“La seguridad y la libertad son dos de los valores sobre los que se articula la convivencia democrática.

“Las necesidades de la ciudadanía, pues las policías locales pueden y deben configurarse como instrumento de cohesión e integración social, superando un concepto restrictivo y anticuado de orden público para dar paso a otro, más amplio, basado en el principio de proximidad, que potencie su carácter preventivo y asistencial, dirigido a la resolución de conflictos”.

Pues bien, tal vez sea el momento de abordar colectivos, ciudadanos y al fin y al cabo personas a las cuales debemos nuestra dedicación, servicio y esfuerzo. Dentro de estos colectivos, me gustaría tratar de un colectivo especialmente vulnerable, cosificado  y mitificado por la ciudadania en general y por los policías en particular: me refiero a las personas con Discapacidad Intelectual.

Los antecedentes nos hablan de las personas con D.I. como unas personas peligrosas, problemáticas y ante las cuales deberíamos mantener ciertas precauciones. Como ejemplo la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social (predecesora de la Ley de Vagos y Maleantes), que por el año 1970 nos hablaba de entre otros : los enfermos y deficientes mentales que signifiquen un riesgo para la comunidad.De esos barros estos lodos, en el imaginario colectivo,  las personas con D.I. reúnen ciertas características estereotipadas y prejuicios , donde se da la construcción de un relato de peligrosidad social, configurándolas como personas carentes de derechos, se produce la mitificación de conductas y comportamientos y como resultado obtenemos la  cosificación de la persona con discapacidad intelectual.


¿Cual es la situación actual Policia-Persona con D.I.?, pues bien, desde la policía partimos de un modelo policial (nuestra forma de hacer policía) que es el modelo de Policia Comunitaria o de Proximidad, siendo el eje de nuestro trabajo ;  el trabajo junto ( no frente) a la sociedad. El policía es un ciudadano de uniforme,  debemos realizar las estrategias necesarias  para ser legítimos y así obtener el reconocimiento  de la sociedad, apoyándonos siempre en principios basados en la ética policial, consiguiendo así el empoderamiento de la comunidad.

¿Y cual es la situación actual de las personas con D.I.? Pues desde el año 2008, muy clara jurídicamente hablando, pues el Reino de España procede a la Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (ONU  13 de diciembre de 2006)  y lo importante; se garantiza el derecho a la igualdad ante la Ley y el acceso en plenas condiciones a la justicia ( BOE Nº 96  de 21-04-2008).Tienen igualdad de derechos también debemos facilitar su acceso a la justicia como policías, y eso requiere que cambiemos los procedimientos, los protocolos y sobre todo que realicemos ajustes para este acceso efectivo a la justicia de las personas con D.I.

Llegados a este punto definamos que son personas con D.I., son ante todo PERSONAS, la persona siempre delante,  después el adjetivo ( que sufren o padecen una discapacidad intelectual) es decir : que presentan limitaciones significativas en dos niveles:

  • a. funcionamiento intelectual C.I.  menor a 70.
  • b. conducta adaptativa: limitaciones en habilidades de la vida diaria.Se dividen en habilidades conceptuales ( lenguaje) ,sociales( ingenuidad)  y practicas (vida diaria).


¿Cómo se traduce en la práctica la interacción Policia-Persona con discapacidad?

En primer lugar existen prejuicios y estereotipos en los integrantes  policiales que se traducen en falsos mitos, como por ejemplo las creencias  que son problemáticas y violentas, que mienten y se inventan las cosas, que no pueden, no saben y no entienden, que son como niños., que la Discapacidad se ve en el físico y por último que no tienen sexualidad o no saben controlarla.

Consecuentemente ese imaginario de falsos mitos así como  otros estereotipos y prejuicios adquiridos por el operador jurídico ( el policía) da como resultado en su interacción cuestiones como: la dificultad de detección de la discapacidad por el operador, creer que faltan a la verdad  por dificultades de ubicación de los hechos en el tiempo y espacio. La persona con D.I. presenta falta de capacidad para comprender preguntas complejas ,en las declaraciones se pueden  encontrar contradicciones, silencios, discursos lentos, confusión con el lenguaje, deseabilidad social, dificultades en el relato libre de los hechos. Como consecuencia de la interacción sufren altos niveles de stress, sufren mas revictimización,  no comprenden la jerga policial, no comprenden consecuencias de sus actos o palabras.

¿Cómo evitar estos obstáculos para su acceso  a la justicia y garantía de derechos?

El derecho de acceso a la justicia supone que la ciudadanía tenga la posibilidad real de acceder en igualdad de condiciones y con todas las garantías.

Los Ajustes de Procedimiento son las adaptaciones en los procedimientos policiales que permiten reducir la situación de vulnerabilidad de las personas con D.I., se basan en tres aspectos: apoyos a la comunicación, a la comprensión y a la toma de decisiones , con unos simples ajustes estamos salvando la barrera comunicativa de comprensión o de toma de decisiones, recordemos : son personas que presentan limitaciones fruto de su discapacidad, interactuemos con apoyos, con pautas tan sencillas como:

Apoyos en la comunicación: las personas con D.I. pueden necesitar más tiempo para procesar la información o para expresar lo que quieren decir. Muchas personas con discapacidad intelectual  saben leer o escribir pero no siempre comprenden lo que leen o escriben. Debemos utilizar utilizar la lectura fácil( textos adaptados de fácil comprensión).
Pautas Útiles :

  • -Utilizar frases sencillas, concretas y cortas.
  • -No utilizar frases en tercera persona.
  • -Evitar preguntas que incluyan alguna negación.
  • -No hablar rápido.
  • -No utilizar conceptos abstractos o técnicos.
  • -Dar el tiempo suficiente para que se expresen.
  • Otras formas de apoyo a la comunicación pueden ser el uso de imágenes, pictogramas o dibujos.


Apoyos a la comprensión: presentan una capacidad limitada para comprender frases y preguntas complejas. Puede  que no sepan leer o escribir o que, aunque sepan, no comprendan adecuadamente. Es de mucha importancia que comprendan cuáles son sus derechos cuando son detenidos para ello existen los textos de lectura fácil, es  decir la adaptación de textos que permite una lectura y una comprensión más sencilla de un contenido. No sólo abarca el texto, sino también se refiere a las ilustraciones y maquetación.

Apoyo en la toma de decisiones: pueden necesitar apoyos para comprender la información necesaria para tomar la decisión o no entender las consecuencias de algunas elecciones, por ejemplo  declaran en comisaría sin la presencia de su abogado sin comprender las consecuencias.

Conclusiones:

Creo que la primera es evidente: cambiemos nuestra mirada ante la Persona con D.I., reconozcamos en ella a un ciudadano o ciudadana con plenos derechos a los que debemos tratar no como un diferente, sino con la eficacia que requiere que seamos capaces de garantizar plenamente sus derechos y su acceso a la justicia, ante todo que veamos una PERSONA, que por su discapacidad sufre ciertas limitaciones, y tal vez en un esfuerzo mayor seamos capaces de “ponernos en sus zapatos y recorrer su camino cada día” para conseguir esa empatía tan necesaria y ser la verdadera policía legítima de su comunidad. El policía es un ciudadano de uniforme.

Por último, reconocer desde estas líneas el trabajo de la sociedad civil, entre otras la Organización “Plena Inclusión” por su magnifico trabajo en el ámbito jurídico con las personas con discapacidad.( https://www.plenainclusion.org/).