jueves, 24 de noviembre de 2022

Seguridad Local en poblaciones pequeñas sin Cuerpo de Policía Local

Por Vicente Puchades Rodriguez (*)


Se trata de personal con funciones de seguridad existente en aquellos municipios con población inferior a 5000 habitantes y además, donde no se ha constituido el Cuerpo de Policía Local. 

La Leyes de Coordinación de 1990 y posterior en 1999, (el art. 2 integraba las denominaciones de Guardas, Guardias, Vigilantes, Alguaciles o análogos a la denominación de auxiliares de Policía), regulaban esta figura, y le concedían igual tratamiento estatutario en relación a sus funciones y condición funcionarial que a los miembros de los Cuerpos de Policía Local, debiendo superar el correspondiente curso en el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE). 

El art. 18 de la Ley de Coordinación de 1999, facultaba a los municipios a crear hasta un máximo de 4 puestos de trabajo de auxiliar de PL, en municipios sin Cuerpo de Policía Local, y las disposiciones transitorias primera y quinta preveían la integración de este personal en los Cuerpos de PL de la Comunitat (por promoción interna a agente de PL y cuando se creaba el cuerpo de Policía Local en el municipio). 

Otras referencias normativas a los auxiliares de PL son, el Decreto 19/2003, de 4 de marzo Norma Marco o el Decreto 114/2005, regulador del sistema de homogeneización y homologación de la uniformidad de la PL de la Comunitat, ambos en vigor. 

Con la Ley 17/17 de Coordinación de los policías locales de la Comunitat Valenciana, y fruto de la voluntad legislativa de iniciar la construcción de un nuevo modelo de seguridad pública valenciana, basado en la extensión territorial y competencial de los cuerpos de seguridad local, y que tuviera sus inicios en la mancomunación de servicios y la coordinación supramunicipal como pasos previos al desarrollo del art. 55 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, que prevé la creación del Cuerpo Único de Policía Autonómica, se presupuso que la puesta en marcha de este nuevo modelo de seguridad, supondría la absorción de este personal mediante la correspondiente integración de los auxiliares de policía local en la respectiva estructura autonómica surgida. 

 

Sin embargo, lo cierto es que la Ley 17/17, se encuentra en vigor desde enero de 2018, y la pretensión normativa anteriormente mentada, no se ha llevado a término, permaneciendo el personal auxiliares de Policía Local, al margen de la legislación autonómica, y en un limbo de incertidumbres. 

En consecuencia, en la actualidad, la regulación de la figura de auxiliar de policía local que realiza la Ley 17/17, únicamente refiere, a través de dos disposiciones transitorias (primera y tercera), a la consolidación de su empleo, a través de la promoción a las plazas de agente cuando se constituya el cuerpo de policía local, y a la extinción de las mismas (salvo en municipios donde no exista cuerpo de policía local), no existiendo ninguna referencia más a lo largo del texto legislativo al respecto de este personal. 

Es por ello, actualmente, existe personal que ocupa plazas de auxiliar de Policía en diferentes municipios de la Comunitat, una parte con situación de plazas a extinguir, y otro personal, que ocupan esas plazas en municipios donde no existe cuerpo de Policía Local creado, no existiendo regulación autonómica normativa, y consecuentemente, privándoles de diferentes derechos como puede ser el acceso a la formación o el curso de 700 horas que se realizaba anteriormente en el IVASPE al acceder a una plaza de un municipio sin cuerpo de PL. 

En ese sentido, y dado que los municipios con estas características (población de menos de 5000 habitantes y donde no se ha constituido cuerpo de policía local), se encuentran legitimados a crear plazas de auxiliares de policía por la propia Ley de Coordinación de PL actual, debe ser la propia Ley de Coordinación la que establezca un número máximo de auxiliares a partir de los cuales, exista obligación de constituir el cuerpo de policía local. 

Considerando que, según los datos de Padrón municipal EPA, actualizados por el Instituto Nacional de Estadística en enero de 2022, los municipios con población menor a 5000 habitantes por provincias son; Alicante 82, Castellón 115 y Valencia 188, 

Alicante; https://epa.com.es/padron/municipios-de-alicante-alacant/ 

Castellón; https://epa.com.es/padron/municipios-de-castellon-castello/ 

València; https://epa.com.es/padron/municipios-de-valencia-valencia/ 

   

QUE SE DEBERÍA HACER? 

1.- Integrar al personal, auxiliares de policía local ya existentes, mediante una disposición adicional que habilite al Consell a la elaboración y aprobación de un decreto que regule la organización y funcionamiento uniforme de los servicios y personal auxiliar de policía, y en tanto su personal no se haya integrado en cualquier cuerpo de policía local de la Comunitat, servicios mancomunados o cuerpo de policía autónoma valenciana, en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana. 

2.- Se establezca en la Ley de Coordinación, la fijación de un número máximo de auxiliares de PL (4 auxiliares), a partir de los cuales, haya obligación por parte del municipio a constituir el cuerpo de policía local. 


LEGITIMIDAD NORMATIVA ESTATAL DE LOS AUXILIARES DE POLICÍA LOCAL 

Preámbulo de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 

d) El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, reconoce competencias a los municipios en materias de seguridad en lugares públicos y de ordenación del tráfico de personas y vehículos en las vías urbanas. 

A partir del reconocimiento de dichas competencias, la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad admite distintas modalidades de ejecución de las mismas, desde la creación de Cuerpos de Policía propios, por parte de las Corporaciones Locales, hasta la utilización de personal auxiliar de custodia y vigilancia. 

Por lo que respecta a las funciones, dado que no existe ningún condicionamiento constitucional, se ha procurado dar a las Corporaciones Locales una participación en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, coherente con el modelo diseñado, presidido por la evitación de duplicidades y concurrencias innecesarias y en función de las características propias de los Cuerpos de Policía Local y de la actividad que tradicionalmente vienen realizando. 

Artículo 51. Ley O 2/1986, de 13 de marzo de FFCCSeguridad 

1. Los municipios podrán crear cuerpos de policía propios, de acuerdo con lo previsto en la presente ley, en la Ley de Bases de Régimen Local y en la legislación autonómica. 

2. En los municipios donde no exista policía municipal, los cometidos de ésta serán ejercidos por el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogos. 

Disposición transitoria cuarta. RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. 

En tanto se aprueben las normas estatutarias de los Cuerpos de Policía Local, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, serán de aplicación las siguientes normas: 

1. La Policía Local sólo existirá en los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, salvo que el Ministerio de Administración Territorial autorice su creación en los de censo inferior. Donde no existan, su misión se llevará a cabo por los auxiliares de la Policía Local, que comprenderá el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de Guardas, Vigilantes, Agentes, Alguaciles o análogas. 

Art. 283. Ley de Enjuiciamiento Criminal (RD 14/09/1882) 

Constituirán la Policía judicial y serán auxiliares de los Jueces y Tribunales competentes en materia penal y del Ministerio fiscal, quedando obligados a seguir las instrucciones que de aquellas autoridades reciban a efectos de la investigación de los delitos y persecución de los delincuentes: 

Quinto. Los Serenos, Celadores y cualesquiera otros Agentes municipales de policía urbana o rural. 


(*) Oficial de Policía Local

martes, 17 de mayo de 2022

Hay que regular al personal auxiliar de policía local


 


Por Julio Conesa

 

El personal de la administración local destinado a funciones de seguridad, vigilancia, custodia, y protección en las poblaciones de menos de 5000 Hb que por ley no están obligados a tener Cuerpo de Policía Local, son reconocidos por le Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su artículo 51.2:

En los municipios donde no exista policía municipal, los cometidos de ésta serán ejercidos por el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogos”;

 y el RDL 781/1986 del Texto Refundido en si Disposición Transitoria Cuarta 1. 

La Policía Local sólo existirá en los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, salvo que el Ministerio de Administración Territorial autorice su creación en los de censo inferior. Donde no existan, su misión se llevará a cabo por los auxiliares de la Policía Local, que comprenderá el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones, con la denominación de Guardas, Vigilantes, Agentes, Alguaciles o análogas”; 

y aquí, en la Comunidad Valenciana, desde 1990 como Auxiliares de Policía Local.

 

Tanto la Ley autonómica de Coordinación de 1990, como la de 1999 dio cobertura a este personal de la administración local concediendo el mismo tratamiento estatutario en cuanto a funciones que a los componentes de los Cuerpos de Policía Local y requiriendo para su ingreso la condición funcionarial y la superación del curso correspondiente junto al resto de agentes.

 

La actual Ley 17/17 de Coordinación de Cuerpos de Policía Local, sólo menciona en su Disposición Transitoria Tercera la posibilidad de la integración vía promoción interna en los cuerpos de policía local cuando estos se creen en su población correspondiente, desapareciendo cualquier otra referencia a este personal.

 

Ello, fruto de la voluntad inicial del legislador de caminar hacia una estructura policial valenciana de ámbito autonómico, pero con base local, apuntando en la propia ley hacia la mancomunización de servicios, la coordinación supramunicipal y por último el desarrollo del Estatut d’Autonomia que prevé en su art. 55 la creación de un Cuerpo Único de Policía Autonómica.

 

Pero lo bien cierto es que todo esto no se ha desarrollado y este personal ha quedado en un limbo de incertidumbres.

 

La Ley Orgánica 2/86 sigue contemplando a este personal, así como el Texto Refundido en el RDL 781/1986 y la competencia (obligación) de coordinar en el ámbito autonómico la seguridad local corresponde a la Generalitat, existiendo en la actualidad un vacío normativo que sólo puede perjudicar a la ciudadanía y al propio personal.

 

Considero imprescindible, urgente y necesario que se tomen cartas en el asunto y desde la Conselleria que preside doña Gabriela Bravo se proceda a la elaboración del decreto pertinente que regule todos los aspectos concernientes al colectivo.

 

Pensemos que las poblaciones de menos de 5000 habitantes en la Comunidad Valenciana son la inmensa mayoría y por tanto un número importantísimo de ciudadanos y ciudadanas que merecen servicios acordes como los de las medianas y grandes poblaciones 

sábado, 9 de abril de 2022

Comité de Primavera de la Confederación Europea de Sindicatos EuroCOP

Entre el 5 y el 7 de abril se ha desarrollado en la ciudad de Gibraltar el comité de primavera 2022 de la Confederación Europea de Policías (EuroCOP). EuroCOP es la organización que agrupa a 30 sindicatos de policías y organizaciones de personal en Europa, y de la que la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) forma parte desde el año 2002 como miembro de pleno derecho. Con sede en Luxemburgo, representa los intereses de más de 230.000 agentes de policía en 25 países europeos en la actualidad. EuroCOP está abordando cuestiones que van desde la cooperación policial, a través de las fronteras, hasta un entorno de trabajo más seguro para los agentes de policía en la calle. Estamos decididos a contribuir a los debates políticos europeos y aportar valor añadido ofreciendo una perspectiva a los profesionales.


En esta ocasión estuvieron presentes prácticamente todos los países miembros, a excepción de Lituania, dada la complicada situación de guerra que se está viviendo cerca de su frontera.



 

Día 6 de abril de 2022 

 

Bienvenida y presentaciones

 


El 6 de abril a las 9:30 horas dio comienzo la reunión del Comité de EuroCop, con la bienvenida de la vicepresidenta, Unn Alma Skatvold. Como ya viene siendo habitual, se guardó un minuto de silencio por todos aquellos  y aquellas policías que, en el último año, han perdido la vida, recordando el asesinato, hace escasos quince días, de un policía portugués en acto de servicio, y en el que otros tres policías resultaron gravemente heridos.

 


Tras el homenaje, todos los sindicatos se presentaron ante los presentes. Por parte de la FSC de CCOO, el delegado, Javier Ojer Alonso, presentó a quienes le acompañaban en ese comité: Aurea Ramos, policía local y José Antonio Pérez, mosso d’esquadra. Ojer puso en valor la fuerza de un sindicato de clase que cuenta con un millón de afiliados y afiliadas, que es la primera representación sindical en las administraciones públicas, y que, por supuesto, defiende y trabaja por los derechos laborales de los y las policías.


Dos nuevos sindicatos observadores (situación previa a la adhesión a EuroCOP) participaron del encuentro: la Asociación de Superintendentes de Inglaterra, y el Sindicato Independiente de la Agencia Tributaria (SIAT) de España (representan a la policía de aduanas).

 

 Informe Presidente

 

El presidente de EuroCOP, Calum Steele destacó en sus primeras palabras la importancia de la comunicación interna entre el Comité ejecutivo (EXCOM) y el Comité de la Confederación; también la comunicación externa que se ha visto incrementada en los últimos meses y que está haciendo que las noticias relacionadas con la organización aumenten día a día y, en ese sentido, generen interés por la instituciones públicas.



Steele dedicó su tiempo a denunciar las “horribles vivencias que se están produciendo en Europa y que, desgraciadamente, se van a prolongar en el tiempo. Violación de mujeres y de niñas, trata de seres humanos, asesinatos, masacres. Es difícil poner nombre a todo este genocidio”. 


Como no podía ser de otra manera, el presidente mostró el apoyo y la colaboración necesaria a los miembros de EuroCOP cuyos países comparten frontera con la zona del conflicto.


Además recordó que días atrás había remitido una carta al  actual Presidente del Consejo de Europa, el Presidente de la República de Francia, Enmanuel Macron, en la que el máximo responsable de EuroCOP le pedía que se recopilaran toda suerte de pruebas y testimonios sobre las atrocidades que el ejército ruso está haciendo en Ucrania: “Esto no puede quedar impune. Los responsables deben acabar ante los tribunales internacionales”.

 

La deriva extremista del gobierno de Hungría hace que desde EuroCOP pida la inmediata salida y traslado de CEPOL de este país. CEPOL es la Agencia de la Unión Europea que promueve la cooperación policial europea e internacional a través de la formación.

 

Grupo de Trabajo

 

Tiempo hubo para que se crearan varios grupos de trabajo entre las diferentes organizaciones sindicales al objeto de analizar qué tres aspectos deben centrar el trabajo del EXCOM durante los próximos meses. CCOO participó en el grupo de los sindicatos de Finlandia, Malta y Chipre, además de ELA. Tras el debate llevado a cabo entre todos, éstos fueron los puntos de acuerdo que se pusieron encima de la mesa:


1. Comunicación más ágil y presencia en redes sociales con la implicación de todos los miembros en su difusión.


2.   Creación de una Federación de Sindicatos de Policía Mediterránea, a semejanza de la Federación de Policías Nórdicos (Finlandia, Noruega, Suecia, Estonia, Letonia, Lituania, Dinamarca).

 3. Equipamiento reglamentario y medios de protección individual acordes a la legislación y adecuados. El sindicato finlandés explicó cómo en su país está perfectamente regulado este aspecto, y si no se cumple por parte de las autoridades hay sanciones económicas importantes. Desde CCOO se recordó que en España, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no se aplica a los cuerpos policiales… ¿acaso no somos trabajadores y trabajadoras…?

 

Conferencia

 

El conflicto que se está viviendo en Ucrania y las influencias de éste en Europa fueron abordados por el superintendente, Mr.Ken Penningthon, de Irlanda del Norte. Ofreció un amplio recorrido a tu trayectoria vital en los más diversos conflictos en los que ha estado presente, hasta llegar a Ucrania, de donde ha regresado recientemente.


La delincuencia organizada ha aprovechado la situación que se está viviendo desde hace semanas en el entorno ucraniano y “campa a sus anchas” ante el horror de la guerra. Se calcula que ahora mismo hay más de cien mil huérfanos a consecuencia de la agresión rusa. Miles de armas que se mueven sin control real alguno y que van a incrementar el tráfico ilegal en el mercado europeo

Penningthon afirmó que es necesario anticiparse antes de que sea demasiado tarde: “Noé construyó su arca antes del diluvio, luego no hubiera tenido sentido. Cada vez que se desarticula un grupo delincuencial se lo estamos poniendo más difícil a otros”.

 

 

Día 7 de abril de 2022 

 

Informe Secretario General

 

Nigel Dennis, Secretario General (Jefe de la Oficina de EuroCOP) presentó el Proyecto #NoExclusionsInPublicServices, un trabajo que echó a andar hace algo más de dos años y que culminará los días 22 y 23 de septiembre en Macedonia. Se trata de un proyecto en el que están presentes EPSU, Euromil y EuroCOP y que pone el acento en la defensa de los derechos sociales de los policías de toda Europa.


En los últimos años, las organizaciones policiales en Europa han visto disminuir gradualmente sus derechos, derechos que no solo están garantizados en tratados internacionales como los convenios de la OIT, sino que también están consagrados en la Carta Europea de los Derechos Fundamentales de la UE, así como en la Carta Social Europea.

 


Desde el EXCOM se animó a las organizaciones miembros a acudir al encuentro que está financiado por la Unión Europea.


También, y de acuerdo con los Estatutos aprobados en el último Congreso de 2020, en noviembre finaliza la presidencia actual que se había establecido para un período de dos años. Así las cosas, el 26 de septiembre es el última día en el que se pueden presentar las candidaturas. Ya será el 9 de noviembre, en el transcurso del Comité de Otoño que se celebrará en Torremolinos (Málaga), cuando se realice la votación y elección de la persona que ostentará esta representación durante los siguientes dos años.

 

Mociones a debate

 

Ainhoa Martínez, del sindicato vasco ERNE, expuso nuevamente ante el Comité una moción sobre la violencia que se ejerce a la policía. Existe una preocupación común en todas las organizaciones presentes en EuroCOP por la escalada de violencia que se está produciendo contra la policía.


El nivel de crispación es muy alto por el hartazgo de la pandemia de la Covid-19, el alza de precios, el encarecimiento energético y la guerra en Ucrania. Para hacer frente a esta crispación, la policía no siempre tiene los medios adecuados para contener la violencia, y en muchas ocasiones son los y las policías quienes son el objetivo de la agresión. ¿Quién protege a los que protegen?


Recogiendo el testigo ofrecido, el presidente Calum Steele ofreció la respuesta que nuestra Confederación había recibido por parte de la comisaria europea de asuntos de Interior, respuesta que ignoraba totalmente la petición exigida por EuroCOP. Con estas mimbres, y continuando con la idea de organizar una concentración de sindicatos policiales frente al Parlamento de Europa, Steele propuso la recopilación de cuantos datos sean necesarios para aportar ante las autoridades sobre agresiones y violencia sobre los policías, trabajar para plantear esa concentración a lo largo de los próximos meses.




En este sentido, Aurea Ramos, policía local de la FSC CCOO explicó la iniciativa que se ha puesto en marcha desde nuestro sindicato en la que se están recopilando datos sobre las agresiones a los y las agentes de policías locales y autonómicas, muy en la línea de lo expuesto por EuroCOP.

 

 

Mapa Europeo de la Jubilación de los Cuerpos Policiales 

            

            Continuando con la moción que CCOO presentó en Edimburgo sobre la jubilación de las policías autonómicas, y siendo fieles al compromiso adquirido entonces ante el Comité, Javier Ojer presentó el Mapa Europeo de la Jubilación de los Cuerpos Policiales. Llamó la atención de la disparidad entre la edad de jubilación ordinaria de los y las trabajadoras y la edad de jubilación en los cuerpos policiales. Asimismo, resaltó la también disparidad existente en los diferentes países europeos entre una y otra.

 


            Ojer propuso que en el próximo comité se aborde un aspecto fundamental en la jubilación: la pensión económica, y así fue recogido por el propio Presidente quien valoró la propuesta y que se tratará en otoño.

sábado, 26 de febrero de 2022

Alarma en la Policía Foral Navarra por el aumento de las agresiones externas.

 


Por Javier Ojer Alonso (*)



Comenzaré por el final. Las agresiones a los y las agentes de la Policía Foral están aumentando. Fin de la cita. Es una situación que, desde CCOO, venimos denunciando desde hace años en Navarra; también en Europa, como miembros de la Confederación Europea de Seguridad (EuroCop). Es un fenómeno que, desafortunadamente, no solo nos afecta a nosotros, sino que se expande de forma peligrosa por el conjunto de cuerpos policiales españoles y europeos.


En el año 2011 se registraron 16 agresiones en la Policía Foral. Diez años después, en 2020, la cifra aumenta hasta las 53, es decir, experimentamos un incremento en la violencia hacia la policía de un 331%. Una cifra inasumible por nuestro colectivo y que con ella se pone de manifiesto que algo se está haciendo mal.


Dentro del ámbito de la prevención de riesgos laborales, cuando se habla de agresión externa se pone el foco en todas las amenazas, insultos y lesiones que pueda sufrir el personal de la Administración en el ejercicio de su actividad profesional o como consecuencia directa de la misma. Así, se identifican las agresiones físicas, las amenazas, los insultos, las amenazas e insultos, las amenazas y agresión física, las amenazas, insultos y agresión física, y los insultos y agresión física. Como se puede observar, la agresión física está prácticamente en todas las tipologías posibles.


En el caso de la Policía Foral es evidente que cuando una persona, en el ejercicio de sus funciones, sobre una agresión, normalmente, ésta es física. Ni qué decir tiene que a una agresión física le acompañan, en la mayoría de las ocasiones, los insultos y las amenazas. La palabra precede siempre a la acción. Alguno podría inferir de estas afirmaciones, aquello de que estas situaciones “van en el sueldo”. Pero no, el hecho de ser policía no implica la obligatoriedad de tener que asumir como propias unas situaciones violentas que nadie debería soportar.


Pero quedémonos con ese aumento del 331% de estas acciones violentas sobre los legítimos garantes de la seguridad pública de la ciudadanía. Una cifra a la que hay que poner freno desde la propia Administración. Una cifras, las de las agresiones que, en el período comprendido entre 2011 y 2020 han pasado de 16, 36, 18, 26, 27, 37, 25, 37, 43 hasta los 53. 


¿Por qué aumentan las agresiones a los policías? Muchas son las razones que se pueden dar para explicar el comportamiento de una pequeña parte de la sociedad que atenta contra los agentes de la autoridad. Si vemos los datos de 2019, previos a la pandemia de la Covid-19, en ese año se produjeron 43 episodios violentos contra policías forales. Un año después, y ya inmersos en la vorágine de la pandemia, aquellos aumentaron un 123%, llegando hasta los 53 casos. Téngase en cuenta que en 2020 hubo varios meses en los que la movilidad de la población se vio reducida de manera importante. Aún así, las agresiones aumentaron.


CCOO es el único sindicato de España que representa a todas las policías autonómicas y locales en EuroCop, como miembro de pleno derecho. Esta Confederación es el único organismo representativo de la policía que es miembro de la Confederación Europea de Sindicatos (ETUC) y de la Federación Europea de Sindicatos (ETUF); también tiene derechos de participación en el Consejo de Europa.


 El pasado 8 de febrero, el Presidente de EuroCop, Callum Steele, pidió al Parlamento Europeo que tome medidas sobre la epidemia de violencia contra los policías. Afirmaba, acertadamente, que los policías son los protectores de primera línea de la sociedad, y que han estado sujetos a presiones sin precedentes en los últimos dos años mientras hacían cumplir los cierres y restricciones por la COVID-19. Estas restricciones, altamente politizadas y singularmente desafiantes desde una perspectiva social, han ejercido una presión inimaginable sobre los policías europeos, tanto desde la perspectiva de la salud física como de la salud mental. De hecho, los policías no solo tienen un mayor riesgo de infección y reinfección por esta enfermedad, en comparación con la población general, sino que también han soportado la peor parte de la ira social con respecto a los bloqueos que ha implementado la gran mayoría de los gobiernos europeos. 


Cuando los políticos guardan silencio sobre la violencia que se inflige sobre los policías, los violentos se envalentonan, y esto desalienta a la sociedad. Si la violencia contra la policía se percibe como aceptable, la violencia en general aumenta y, como consecuencia, aumenta la inseguridad ciudadana. Hagan algo, señores y señoras políticos. Den a la policía los instrumentos legales y materiales necesarios para garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades de la ciudadanía.


(*) CCOO-Policía Foral Navarra

jueves, 24 de febrero de 2022

SecurPolitic manifesta la seua adhesió al manifest "No a la guerra, una altra vegada"



NO A la GUERRA (UNA ALTRA VEGADA)La ciutadania exigeix la resolució pacífica de la guerra a Ucraïna, el respecte als drets humans i el dret de refugi i asil.


Com fa quasi 20 anys, la ciutadania torna a eixir als carrers a cridar “No a la guerra”. Hui -com fa quasi dues dècades a l'Iraq-, ens enfrontem a Europa a un nou conflicte bèl·lic, que posa en perill la vida de milions de persones a Ucraïna, i la pau a tot el món. Una guerra en la qual hi ha potències que acumulen ingents arsenals armamentístics, incloses armes nuclears, i de la responsabilitat de les quals a l'hora d'usar-les cal sospitar.

No hi ha guerres justes o injustes. Totes generen un sofriment intolerable, retallen vides, destrossen famílies, cultius i mitjans de vida de la població. Generen violacions greus dels drets humans, assassinats, tortures i violacions, que pateixen especialment dones i xiquetes. Són la causa que desenes de milers de persones es vegen obligades a fugir de bombardejos i atacs, a la recerca de refugi i acolliment en països segurs.

Des de diferents organitzacions de la societat civil a tot el món -també en la Comunitat Valenciana- portàvem setmanes exigint a Rússia i a l'OTAN que prengueren les mesures necessàries per a reduir la tensió i garantir el diàleg. Hui, aquestes peticions són més necessàries que mai. En aquests moments en els quals regna la mort i la destrucció, exigim:

A les forces en conflicte, que posen fi de manera immediata a les accions militars a Ucraïna, ordenen el replegament de les seues tropes i desmilitaritzen el país. Que respecten el dret internacional humanitari i garantisquen l'activitat de les agències de Nacions Unides i les organitzacions humanitàries que treballen des de fa temps amb la població local.

A Rússia i a l'OTAN, que reprenguen amb urgència la via diplomàtica i el diàleg per a solucionar les seues diferències i arribar a un acord durador que garantisque la pau a Europa, posant el respecte als drets humans i la seguretat de les persones en el centre de qualsevol decisió.

Al Govern espanyol i a la Unió Europea, que no donen suport militar en aquest conflicte, impulsen mesures contundents no violentes que dissuadisquen de la guerra, inclosa la desmilitarització de la regió, i assumisquen un rol actiu en la defensa de la via diplomàtica i en l'acció humanitària.

A la Unió Europea, que posen en marxa immediatament un pla d'acolliment humanitari a les persones que fugen del conflicte a Ucraïna, per a garantir la seua seguretat i l'atenció a les seues necessitats més immediates, en el qual col·laboren tots els Estats membres, inclosa Espanya.

La ciutadania ens manifestem en favor de la pau a Ucraïna, i en els més d'una trentena de conflictes que assolen diferents punts del nostre planeta, especialment en països empobrits.

La guerra mai ha sigut la solució. La guerra és dolor i mort, fracàs i destrucció. Per això cridem, una altra vegada, NO A LA GUERRA!


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NO A LA GUERRA (OTRA VEZ): La ciudadanía exige la resolución pacífica de la guerra en Ucrania, el respeto a los derechos humanos y el derecho de refugio y asilo.


Como hace casi 20 años, la ciudadanía vuelve a salir a las calles a gritar “No a la guerra”. Hoy -como hace casi dos décadas en Irak-, nos enfrentamos en Europa a un nuevo conflicto bélico, que pone en peligro la vida de millones de personas en Ucrania, y la paz en todo el mundo. Una guerra en la que hay potencias que acumulan ingentes arsenales armamentísticos, incluidas armas nucleares, y de cuya responsabilidad a la hora de usarlas cabe sospechar.

No hay guerras justas o injustas. Todas generan un sufrimiento intolerable, cercenan vidas, destrozan familias, cultivos y medios de vida de la población. Generan violaciones graves de los derechos humanos, asesinatos, torturas y violaciones, que sufren especialmente mujeres y niñas. Son la causa de que decenas de miles de personas se vean obligadas a huir de bombardeos y ataques, en busca de refugio y acogida en países seguros.

Desde diferentes organizaciones de la sociedad civil en todo el mundo -también en la Comunitat Valenciana- llevábamos semanas exigiendo a Rusia y a la OTAN que tomaran las medidas necesarias para reducir la tensión y garantizar el diálogo. Hoy, estas peticiones son más necesarias que nunca. En estos momentos en los que reina la muerte y la destrucción, exigimos:

A las fuerzas en conflicto, que pongan fin de forma inmediata a las acciones militares en Ucrania, ordenen el repliegue de sus tropas y desmilitaricen el país. Que respeten el derecho internacional humanitario y garanticen la actividad de las agencias de Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias que trabajan desde hace tiempo con la población local.

A Rusia y a la OTAN, que retomen con urgencia la vía diplomática y el diálogo para solucionar sus diferencias y llegar a un acuerdo duradero que garantice la paz en Europa, poniendo el respeto a los derechos humanos y la seguridad de las personas en el centro de cualquier decisión.

Al Gobierno español y a la Unión Europea, que no presten apoyo militar en este conflicto, impulsen medidas contundentes no violentas que disuadan de la guerra, incluida la desmilitarización de la región, y asuman un rol activo en la defensa de la vía diplomática y en la acción humanitaria.

A la Unión Europea, que pongan en marcha inmediatamente un plan de acogida humanitaria a las personas que huyan del conflicto en Ucrania, para garantizar su seguridad y la atención a sus necesidades más inmediatas, en el que colaboren todos los Estados miembros, incluida España.

La ciudadanía nos manifestamos en favor de la paz en Ucrania, y en los más de una treintena de conflictos que asolan diferentes puntos de nuestro planeta, en especial en países empobrecidos.

La guerra nunca ha sido la solución. La guerra es dolor y muerte, fracaso y destrucción. Por eso gritamos, otra vez, ¡NO A LA GUERRA!

domingo, 20 de febrero de 2022

La intervención de Policía Local con las llamadas Bandas Latinas.

 


Por David Garfella Gil. (*)


En la actualidad, se ha producido (como ocurre en otras ocasiones) una serie de informaciones que han puesto el punto de mira lo que los medios de comunicación denominan “peligrosas bandas latinas”. Este “estado de alarma social”, se transmite a la población y desde allí se pide la actuación de la policía para atajar este problema, y nosotros como su policía debemos responder, por ello sería conveniente apuntar algunas reflexiones y conceptos al tratar policialmente este fenómeno de rabiosa actualidad. 

Tal vez sería conveniente comenzar por definir que son “bandas latinas” (omito lo de peligrosas porque todas las bandas con naturaleza criminal lo son) , y diferenciar desde un primer momento que son bandas organizadas, estructuradas con finalidad criminal , y por otro lado que son grupos de personas que interactúan o se relacionan con el paraguas de pertenecer a   una o varias nacionalidades,  que pudieran ser coincidentes con una determinada procedencia territorial o cultura o etnia  y que en algunos casos estas agrupaciones pudieran dar lugar a que cometieran hechos delictivos y en particular los que más nos interesan a nosotros los policías, las  agresiones con armas por conflictos de territorialidad, ideología, enemistad histórica o incluso la nacionalidad, pues esto último son indicadores de polarización que pueden llevar a determinar que estamos ante un delito de odio.

 Comencemos por algunas definiciones la Real Academia Española de la Lengua define banda, como “grupo de gente armada”, y “pandilla juvenil con tendencia al comportamiento agresivo”.

También en el ámbito internacional encontramos el término inglés "Gang" para definir aquella asociación formada por iguales los cuales comparten un mismo grupo, bajo una misma denominación y simbologías, con un líder definido, en un marco geográfico determinado, con una organización interna, con unas costumbres propias (Howell, 1997). Añadir que dichos grupos tienen como principios perdurar en el tiempo y que disponen de estructuras y organizaciones piramidales.

Por lo tanto, por bandas latinas entenderíamos los grupos organizados que vienen del continente americano llamados Gangs o Pandillas. 

La Generalitat de Catalunya (en el manual publicado a mi juicio más completo desarrollado hasta el momento) con el título “Los Grupos Urbanos Violentos y los delitos de odio” cuyo autor es Joan Ramon Caballero Casas en 2017, introduce el concepto amplio de Nuevos Grupos Juveniles Organizados y Violentos (NGJOV):

a) Grupos juveniles: También llamados bandas o pandillas. El concepto “grupo” permite la identificación concreta con el nombre propio de un grupo, o incluso un subgrupo (capítulo, pueblo, etc.) y con una simbología (emblemas, gesticulaciones, colores, tatuajes, grafitis, expresiones, etc.). Abarcan tanto a los mayores de edad como a los menores.

b) Organizados: Disponen estructura interna definida y jerárquica que se vertebra de forma propia dependiendo de los grupos. 

c) Violentos: La violencia es el estandarte de la mayoría de estos grupos. 

d) Nuevos: La reciente creación de los mismos les hace ganarse este adjetivo. Sus referentes son aquellas pandillas de América Latina y Estados Unidos de las cuales imitan sus comportamientos y costumbres.

Otra de las cuestiones relevantes policialmente sería concretar, el origen y las denominaciones de estas bandas, el concepto banda debemos se encuentra a principios del siglo XX en los Estados Unidos donde grupos de un barrio compartían aficiones comunes que les llevaban a enfrentarse con otros grupos rivales cuando sus objetivos chocaban.

De entre las bandas latinas existentes destacan aquellas que conocemos por su relevancia mediática o por el elevado número de miembros. Destacamos: 

1.- Latin King:  origen en la década de los años 40 en las prisiones de Chicago (Estados Unidos). con una estructura fuertemente estratificada.

 2.-Ñetas: Fundada como una asociación latina en 1979 cuyo objetivo era defender los derechos de los presos internos en la prisión de Oso Blanco (Puerto Rico). Son importantes sus colores blanco, azul y rojo (colores de la bandera de Puerto Rico) , su estricto código de conducta y en su indumentaria el uso de collares cargados también de simbología. Estas prendas están formadas por corazones / bolas de color blanco, rojo y azul.

3.- Dominicans Don’t Play

Dominicans Don’t Play (DDP) es una banda dominicana que se fundó en New York, años  1990. Podría calificarse de sectaria, con una disciplina interna enorme y con castigos si se incumplen las normas. 

4.- Trinitarios

Trinitario, también conocido como 3ni, es una banda latina de expansión internacional  formada en las cárceles de Nueva York Su vestimenta se caracteriza por el uso de pañuelos de color verde junto con collares azules, blanco, rojo y verde lima. Estos colores representan la bandera de República Dominicana.

5.- Mara Salvatrucha

Nace en los Ángeles (California, E.E.UU.) a finales de la década de los ’60 de manos de un grupo de exguerrilleros salvadoreños huidos de la guerra civil en su país de origen. Se caracterizan por el uso del tatuaje, destacando entre ellos calaveras, cinco puntos, lágrimas, dos caras de un payaso, cicatrices y quemaduras, tres puntos negros (“La Vida Loca”), M13 o M18, son algunos de los tatuajes empleados por sus miembros.

Sobre la presencia en España, fundamentalmente en Madrid y Barcelona, de los grupos urbanos violentos de origen latino se documenta la existencia de 6 organizaciones principalmente: Latin King, Ñetas, Dominicans Don’t Play, Forty Two, Trinitarios y Blood. Además existen  grupos locales de origen latino que copian el modelo de banda, pero sin tener vínculos internacionales.

Otra de las cuestiones importantes son las características de las bandas, a modo de ejemplo: 

Estética y nacionalidad de la banda : Cada banda adopta una serie de elementos de su simbología de grupo en los que destacan los colores y los collares. Normalmente van relacionados con la bandera del país en el que se fundó la banda. 

Nacionalidad del individuo : Suelen llevar algún elemento que los identifica con su país de origen o el de sus padres. Habitualmente son los colores de la bandera o algún emblema que represente su procedencia. 

El uso de colgantes: Los collares se llaman Colores o Prendas y nos dan información sobre la pertenencia a una banda latina determinada, y en la mayoría de casos nos dice la posición dentro de la banda. El colgante suele ser de piezas de plástico o cerámica.

El uso de bandanas (pañuelos con diferentes colores) las suelen llevar en las muñecas o en la frente, en función de si quieren pasar desapercibidos o no. 

La función de la Policía  Local y su  intervención  con respecto a estas bandas , está relacionada con sus funciones de proximidad y sobre todo con la gestión de información obtenida en sus labores de prevención y vigilancia, sin descartar su intervención por supuesto ante los delitos flagrantes. Es importante sin duda la detección de los grupos en sus momentos de implantación, así como la adecuada transmisión de información a los grupos especializados de otras FFCCS , más especializados en estos tipos delincuenciales.

Por otro lado, tal vez nuestra misión estaría en descubrir que como se referenciaba al principio, si estamos ante bandas latinas organizadas o  bien ante grupos de una o varias nacionalidades que cometen actos delictivos pero sin una pertenencia a organización,  entonces en caso de detectar delitos motivados por la discriminación hacia la ideología, el origen o la rivalidad histórica podemos estar ante un indicador d polarización de un delito de odio.

Por todo ello y como conclusión, la función de proximidad y la información que de ella obtenemos se vuelve a poner en valor, para ayudar a nuestra sociedad a eliminar cualquier forma de quebranto de la normal convivencia, siendo sin lugar a dudas, una serie amenaza para esta la presencia de estas organizaciones en nuestros barrios, pueblos y ciudades.

(*) Inspector Policía Local