domingo, 3 de enero de 2021

Sobre la creación de grupos especializados en Delitos de Odio. Última modificación de la Ley 17/17 de Coordinación.


Por David Garfella Gil (*)

La reforma que nos deja el último día del año de la Ley de Coordinación de PPLL 17/17, nos habla en concreto de la creación de una  disposición transitoria en la aplicación del artículo 35 de la citada Ley, en concreto cuando dice: “ La Policía local de municipios de más de 50.000 habitantes contará con  un grupo especializado en la prevención de los delitos e odio”, el añadido y modificación viene en la ejecución material de tal disposición se modifica el plazo anterior de Noviembre 2021, para emplazarlo antes del 01 de Enero de 2023  además cita: “ y se constituirán en el marco de colaboración con las FFCCSE”.


Bien, ¿porque es tan importante esta reforma?, solo hablamos de un año y mes de extensión del plazo, y el añadido de la colaboración con las FFCCSE tampoco debería a priori preocuparnos…además es una fecha límite, los ayuntamientos que lo consideren necesario los podrán crear antes de esta fecha.


Tal vez introducir algunas consideraciones nos ayude a valorar esta modificación:


1º En primer lugar hablamos de Grupos especializados en Prevención de delitos de odio, un tipo de delito muy especial, donde la fundamentación del delito del ataque a la dignidad, a la condición de ser humano de la víctima ( y precisamente su negación como persona es el fin de este delito) se produce hacia  aquellos más vulnerables y que generalmente no pueden hacer nada por cambiar , cada uno tiene el color de piel que la naturaleza le otorgó, cree en la fe que le da sentido a su vida,  expresa su genero e identidad sexual  con libertad , y por ello son discriminados, y por ello sufren los delitos de odio, una estimación habla de un 20 % de la población en situación de riesgo  de la Comunidad Valenciana.


2º En segundo lugar, ¿nadie trata estos delitos?, ¿cual es la incidencia real de los delitos de odio?, ¿acaso no sería suficiente con unos protocolos policiales para trabajar al efecto? 

Bien por continuar telegráficamente la explicación, sí se están trabajando estos delitos por FFCCSE, Policías Autonómicas y Policías Locales, en algún caso con grupos especializados (Policía Municipal Madrid, Fuenlabrada; Málaga) en otros casos con protocolos a la hora de denunciar como Policía Nacional y Guardia Civil  o Mossos d’ Esquadra. Con mayor o menor éxito en los últimos años se han introducido una serie de instrucciones de la Secretaría de Estado y Seguridad, y protocolos internos de Mossos d’ Esquadra sobre la toma de denuncias y actuación ante estos delitos.

Pese todo ello, basándonos en la estadística aportada por las entidades no gubernamentales la tasa de denuncia de los delitos de odio es muy escasa casi nula, no llega al 5% de los incidentes reales. Se debe aflorar el problema real que por diversas cuestiones, entre ellas la desconfianza en la policía no contemplamos la realidad del fenómeno.


3º En tercer lugar, ¿parece entonces una buena noticia que se establezca la obligatoriedad de contar con estos grupos en el año 2023, para esos municipios de mas de 50.000 habitantes?


No lo es por varias razones:


  • - Estas unidades de prevención debían constituirse obligatoriamente (por modificación en el año 2018 de la Ley 17/17)  en noviembre de 2021 en municipios de más de 50.000 habitantes, para ello se había trabajado con especial empeño, formando a nuestros agentes y mandos ( desde el año 2013 en itinerarios formativos hasta estos dos últimos años que es un asignatura de los  cursos de selección , acceso  y capacitación ) , se habían creado las alianzas necesaria con la sociedad civil para trabajar en forma transversal y con resultado se generaba confianza y legitimidad hacia la Policía Local por parte de los grupos vulnerables ( ese 20%) de la población valenciana, que se sentían o percibían ser ciudadanos de segunda, no tener una respuesta especializada y efectiva por parte de la Policía, cuando no se veían reflejados como víctimas (víctimas espejo) en situaciones como la ocurrida en Benidorm haya por el mes de abril y que tuvo cobertura informativa nacional.
  • - La estrategia valenciana para la Igualdad de Trato, la No Discriminación y la Prevención de los Delitos de Odio (2019-2024) ,  el Plan de Convivencia y Lucha contra la Discriminación de la ciudad de Valencia, son ejes motores de los planes para  recuperación de la sociedad valenciana Post-Covid 19, y marcan de forma clara y concreta la prioridad de atender a los colectivos que mayormente han sufrido en esta  emergencia sanitaria, y como para llegar a una sociedad más justa, más igualitaria y más tolerante, el papel entre otros , de las PPLL  en materia de delitos de odio, discriminación y racismo, es fundamental.
  • - La confianza y la legitimidad de la que goza las PPLL día a día se va deteriorando, como les ocurre a otras instituciones, la situación tan difícil generada por la Pandemia no ha hecho posible continuar con un trabajo próximo y cercano al ciudadano, y las nuevas exigencias hacen que nuestra función sea en ocasiones cuestionadas por estos. Por eso la creación de estas Unidades trata de volver a una vieja normalidad, a cumplir objetivos propuestos antes de la pandemia.
  • - Es cierto, que en ningún caso prohíbe la creación de estos grupos, incluso en municipios de menos de 50.000 habitantes, pero aplazar su obligatoriedad es un mensaje confuso para los Alcaldes de municipios de más 50.000 habitantes  (la Comunitat Valenciana hay un total de 542 poblaciones, de las que 4 tienen más de 100.000 habitantes; 11, más de 50.000, el total serían de 15 municipios), y es un mensaje tal vez más nítido a los ciudadanos (vuestras necesidades pueden esperar), así como al resto de los Alcaldes de municipios con Cuerpo de Policía Local, que ven como esa obligatoriedad para los grandes municipios se esfuma poco a poco.


Conclusiones:


No me remitiré a comparaciones con las organizaciones policiales de otros países europeos , incluso de otras ciudades españolas  donde la creación de estos grupos es una realidad y tal vez una necesidad , ni tendremos en cuenta las recomendaciones de la Carta de Rotterdam ( una policía para una sociedad multiétnica), sino que plantearemos una realidad: la gestión policial de la diversidad es una exigencia de la ciudadanía (recientemente episodios como la muerte de George Floyd en EEUU causaron revueltas sociales), debemos evaluar y dar respuesta a las exigencias ciudadanas, debemos de proteger los derechos de todas las personas, sin importar su sexo, origen, su religión, cultura o etnia , incluso su condición socio-económica, debemos ser su policía y la creación de estas unidades contra la discriminación y los delitos de odio incide en esta línea estratégica y necesaria de mayor legitimidad social.


No es necesario una gran infraestructura, ni medios materiales, nuestro capital humano en constante renovación es suficiente en esta misión que nos marca la sociedad actual. Para ello mostrar que cuando la voluntad política es firme y comprometida el resultado es posible: La unidad contra los delitos de odio que se creó en abril de 2019 en La Vall d’Uixó (Castellon) con 32.000 habitantes aproximadamente es una realidad y un ejemplo a seguir por otras organizaciones policiales.


(*) Inspector de Policía Local.