viernes, 31 de mayo de 2019

La aplicación de la Ley de prevención de riesgos laborales a las policías locales.


Por Alfredo Sánchez Hernández
Técnico superior de Prevención de Riesgos Laborales y doctor en Organización de empresas.

La prevención de riesgos laborales en la policía ha sido la gran asignatura pendiente de las Administraciones y no solo lo centramos en los Ayuntamientos sino en las Comunidades Autónomas y por ello CCOO edita una Guía para que los Cuerpos de Policía Local conozcan de primera mano, no solo sus derechos, sino las obligaciones que se tienen de la aplicación de la Ley y sus normas de desarrollo.

Hablar de los Cuerpos de Policía Local como los únicos Cuerpos a los que no se les aplica la Ley de prevención sería injusto por nuestra parte, teniendo en cuenta que excepto la Policía Foral, las policías autonómicas no cuentan con normativa específica pero sí es cierto que respecto a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado existen diferencias.
Con esto no queremos decir que se les aplique plenamente a estos colectivos la norma, pero sí es cierto que cuentan con normativa específica para ellos, el RD 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y RD 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil, aunque siguen existiendo muchas lagunas en la aplicación de la misma que hace que tengan que ir a los Tribunales Europeos a defender sus derechos.

Respecto a la policía autonómica, la Policía Foral es la única que cuenta con normativa específica, el Decreto Foral 55/2010, de 13 de septiembre, por el que se establecen normas de prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

Las Policías Locales, como Cuerpos dependientes de las Administraciones Locales está obligado a negociar los términos de la aplicación de la Ley de prevención, dándose diferentes situaciones en los más de 2.000 ayuntamientos en España que cuentan con Cuerpos de Policía Local.

La ausencia de alusiones a la prevención en la Ley 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y en la mayoría de las Leyes de Coordinación de las Comunidades Autónomas, pese a que supuestamente su función es “Coordinar” deja evidencias de la necesidad de una normativa común para todas las Policías Locales que podría venir de una modificación de la Ley 2/86 o de una normativa específica para Policías Locales.

CCOO va más allá, al formar parte de EUROCOP, está intentando que desde las instituciones Europeas se aclare el artículo 2, de la Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo.

En el año 2014, CCOO denunció a los Tribunales Europeos CHAP (2014) 01177, 7307/15 EMPL la supuesta inaplicación a las Policías Locales de la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales y por ende de sus reglamentos de desarrollo.

La respuesta de la Comisión Europea fue “No hay indicios de que la legislación nacional sobre salud y seguridad en el trabajo aplicable a los cuerpos de policía local de las Comunidades Autónomas excluya, como CCOO alegó en su denuncia, a los trabajadores de dichos cuerpos de policía del ámbito de aplicación de la Directiva 89/391/CEE y tras analizar la información disponible, parece que, a nivel nacional, la legislación aplicable a los cuerpos de policía locales de las Comunidades Autónomas es la legislación nacional por la que se incorpora la Directiva 89/391/CEE al ordenamiento jurídico nacional, es decir , la Ley 31/1995”.

Aún así, la situación no parece haber cambiado para los cuerpos de policía local, dándose una situación paradójica respecto a las policías locales.

Los policías locales como trabajadores son deudores de prevención pero no olvidemos que en su actividad de policía, son garantes de seguridad de otros trabajadores y como ejemplo, la Ley 1/2018 de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en su artículo 11, establece como función policial, Instruir los atestados policiales en caso de siniestros laborales, cualquiera que sea su resultado y de la investigación de los delitos de riesgo en materia de seguridad e higiene en el trabajo, dentro del término municipal, dando traslado de los mismos a la autoridad competente, sea judicial o laboral, colaborando con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado mediante los oportunos protocolos de actuación y acuerdos de colaboración suscritos al efecto.”

Esto es una novedad que nos hace preguntarnos si las policías locales van a estar preparadas para afrontar este reto.

Hasta ahora, la policía local es el primer patrulla interviniente en accidentes laborales o detectando trabajadores sin contrato, sin medidas preventivas o simplemente incumpliendo la normativa laboral, sin embargo, el afrontamiento de este tipo de intervenciones choca frontalmente con la formación recibida por los policías en materia de prevención de riesgos laborales que es inexistente en las academias de policía dependientes de las Comunidades Autónomas, y aunque posiblemente tendríamos que ir más atrás en la formación previa de los ciudadanos en general en esta materia, el hecho de tener que investigar accidentes laborales sin conocimientos previos en materia de prevención supone que prestar un servicio de calidad en este sentido es tarea imposible.

La Guía publicada por CCOO en materia de prevención de riesgos laborales en la policía local, supone un instrumento para hacer llegar información a los delegados y delegadas sindicales y para el personal trabajador de la policía local, que les permita conocer sus derechos en salud laboral y dotarlos de herramientas para ejercerlos.

La Guía comienza indicando las funciones que desarrolla el policía local en su trabajo diario, yendo más allá de las funciones establecidas en la Ley 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, funciones que, en muchos casos, son desconocidas por la sociedad.

Las cifras de accidentalidad, la Ley de prevención y sus fundamentos, la evaluación de riesgos y el plan de prevención así como los riesgos del puesto de policía local, la vigilancia de la salud, la segunda actividad, la formación, el accidente de trabajo y la inspección de trabajo, son los apartados que se van viendo en la Guía y que suponen una primera toma de contacto efectiva para los policías locales y que intenta ser un elemento de consulta para los delegados sindicales y policías locales.



lunes, 6 de mayo de 2019

Jornada sobre aproximación y abordaje de los delitos de odio en la actualidad


Por David Garfella Gil

Organizado por el Instituto de estudios universitarios sobre seguridad interior ( Guardia Civil-UNED) y con la colaboración de las universidades de Valencia, la U. Católica y la U. Europea, se impartió  el pasado 03 de Mayo de 2019, una interesante Jornada de aproximación y abordaje de los delitos de odio en la actualidad,

La jornada, inaugurada por la secretaria de Estado de Seguridad, Ana Botella, y clausurada por el General Jefe de la Guardia Civil en la C. Valenciana, José Hermida, contó con la presencia en su apertura del alcalde de la ciudad, Joan Ribó -que volvió a anunciar la oficina municipal de delitos de odio para acompañar a las víctimas y del Delegado del Gobierno, Juan Carlos Fulgencio.

Desde, en primer lugar, un  planteamiento psicológico- criminológico con la mesa redonda compuesta por los expertos universitarios  Cristina Escamilla, de la Universidad Europea; José Vicente Esteve, de la UV, y Mayte Lázaro, de la Católica. «Es un delito de motivación, en el que se elige a la víctima -por su condición- y que busca el daño corporativo, a todo el colectivo. Por eso se hace con publicidad». En cuanto al perfil del agresor, más allá de los datos estadísticos, aseguraron que «no hay un único perfil. 

Además se trató de como realizar el tratamiento y asistencia a las víctimas de estos delitos.
En definitiva un interesante papel de estudio fundamental, conocer al victimario ( al agresor) para incidir en factores de prevención, “ el odio se aprende y no se nace con él”  esa puede ser una de las claves.

Por orden de intervención en segundo lugar, los paneles prácticos del excelente trabajo de la Guardia Civil en este ámbito, desde la perspectiva del tratamiento desde las FFCCS del delito con un abanico que comprende desde la denuncia al discurso de Odio en las RRSS.
El capitán Moisés Martínez, responsable del servicio de Información de la Comandancia de València, realizó un perfecto resumen de cómo se investigan este tipo de delitos, que aborda su unidad al tratarse de un hecho «especializado y complejo», remarcó la protección y cuidado de la víctimas: «A estas víctimas nunca, nunca, se les devuelve lo que han perdido con el daño recibido». También hizo autocrítica admitiendo que en algunos casos las víctimas han sentido rechazo cuando han ido a denunciar a un cuartel. Una intervención muy completa y sumamente interesante sin duda, en la que demostró un compromiso claro y evidentemente en la lucha contra estos delitos.

Por su parte, el capitán de Información de la Zona de València, José Antonio Amigo, trato de los delitos de odio a través de internet y las redes sociales, con estadísticas que demuestran el incremento de actuaciones policiales en los últimos años, y expuso las dificultades de perseguir esos delitos en la red.

Cerró La Ronda de intervenciones y paneles la fiscal de delitos de odio de València Mercedes Bascuñana que fue rotunda y clara: «O los legisladores cambian la ley o difícilmente con la legislación actual podemos ejercer la acusación en hechos que sabemos que son delitos de odio”
Se mostró muy crítica con el articulado agregado en 2015 al Código Penal. 

Bascuñana abogó por la creación de una ley orgánica específica para los delitos de odio, como la de violencia machista, porque «no hay víctimas de primera y de segunda» y los «errores» de los artículos actuales «impiden acusar muchas veces de delito de odio en casos que vemos claramente que sí lo son. Señores legisladores», interpeló, «hay una realidad social muy clara; dennos un instrumento que permita al ministerio público perseguir eficazmente estas conductas. De hecho, muchas de ellas les salen ahora muy baratas a quienes las cometen» porque el texto y los supuestos son tan enrevesados y contradictorios «que nos abocan a terminar acusando de un delito genérico y aplicar la agravante de discriminación, ni siquiera de odio, antes que por los artículos supuestamente específicos de esos delitos» agregados en 2015. 
Un articulado «más sencillo y genérico», insistió, permitiría condenas «de hasta 6 años», que con la otra fórmula acaban en penas de multa agravadas. «Esperemos que este nuevo Gobierno, más progresista, le ponga remedio», lanzó.


viernes, 29 de marzo de 2019

La violencia en el trabajo en el ámbito de la seguridad pública



Por Javier Ojer

Crónica de las Jornadas celebradas en Navarra.



El suicidio es la solución eterna a un problema temporal. Esta frase resume de una manera gráfica la realidad de esta lacra en nuestro país. Según las estadísticas, diariamente diez personas deciden dar este paso sin retorno en España. Las fuerzas y cuerpos de seguridad tampoco están al margen de estos números; de hecho, la incidencia en las policías y los policías es aún mayor que en el resto de la población. Éste es solamente uno de los datos que se ofrecieron en las Jornadas sobre La violencia en el trabajo en el ámbito de la seguridad pública celebrada los días 12 y 13 de marzo en el Centro de Altos Estudios Policiales del CNP en Madrid. Organizada por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO (FSC), el Sindicato Unificado de Policía (SUP) y la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC).
Las ponencias fueron inauguradas por la secretaria general del SUP, Mónica Gracia, el responsable jurídico de la AUGC, Eugenio Nemiña, y el secretario general de la FSC de CCOO, José Francisco Fernández. Fernández recordó la implicación de CCOO en la coordinación y la colaboración tanto con el SUP como con la AUGC. Además insistió en que las tres organizaciones defienden un servicio público de calidad, y la preocupación por las personas que desarrollan el difícil trabajo de la seguridad pública.
Ya entrados en materia, el responsable de Salud Laboral de la FSC, Ángel Moreno, explicó las implicaciones del acoso en el lugar de trabajo desde un punto de vista preventivo como riesgo psicosocial, en el que las consecuencias en la salud pueden derivar incluso en el suicidio. Moreno ofreció unos datos elocuentes: en el año 2016 se realizaron 126 denuncias en la Administración (también entre las FCS), de las cuales sólo se admitieron 49; de éstas, 41 se archivaron, 8 de incoaron y ninguna de estas últimas se confirmó como acoso. Es decir, el acoso sigue permaneciendo invisible.
Carmen López, secretaria de la mujer de la FSC, definió el acoso sexual como una manifestación más de la violencia de género. Desde CCOO incidió en la apuesta de la prevención como herramienta de la erradicación de la desigualdad. También incidió en la misma idea María José Marín, responsable de Políticas de Igualdad de la federación. Es imprescindible visibilizar y normalizar la identidad de género dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales data del año 1995, pero es que la propia Organización Mundial de la Salud (OMS) ya definía en 1984 los riesgos psicosociales como aquellas condiciones presentes en una situación de trabajo relacionadas con la organización, el contenido y la realización del trabajo, susceptibles de afectar tanto al bienestar como a la salud (física y psíquica) de los trabajadores, como al desarrollo del trabajo.
Clara Llorens, del equipo ISTAS-CCOO explicó que la exposición a este tipo de riesgos multiplica por cinco el posibilidad de sufrir accidentes laborales, y por dos la de tener bajas también laborales. La Comisión Europea ha dicho que por cada euro que se invierte en prevención de riesgos laborales existe un retorno de dos euros. Para obtener una organización del trabajo más saludable es importante exigir que las organizaciones policiales, también la Guardia Civil, tengan sus evaluaciones de riesgos psicosociales para poder prevenir en origen.
Como riesgo psicosocial de primer orden nos encontramos con el suicidio, un grave problema de salud pública con el que se encuentra la sociedad y que afecta a toda ella. Se produce más en hombres que en mujeres y sigue siendo un tema tabú. No gusta hablar abiertamente del suicidio, tal y como reconoció Carlos Alberto Prieto, responsable de PRL del SUP; en el Cuerpo Nacional de Policía es la primera causa de muerte por encima de las intervenciones policiales. Detrás del suicidio hay una multitud de causas que lo provocan, aunque las estadísticas ponen el acento en los trastornos mentales como una de las más importantes. Hasta el año pasado este problema no había sido abordado en profundidad en este cuerpo policial, aunque a día de hoy vuelve a estar paralizado. Sigue sin gustar hablar del suicidio en el seno de las fuerzas de seguridad.
Eugenio Nemiña, responsable jurídico de la AUGC, presentó en las jornadas el Protocolo sobre Prevención del Suicidio que acaba de aprobar el cuerpo benemérito. Una institución con carácter militar que aglutina 7 de cada 10 bajas psicológicas entre los cuerpos nacionales. Pese a existir este protocolo, lo cierto es que en la Guardia Civil hoy no existe la vigilancia de la salud, con lo cual, le prevención en origen de los posibles suicidios se antoja complicada.
Tiempo hubo también para abordar esta lacra desde el punto de vista de los profesionales de la salud mental. José Antonio López, psicólogo del CNP, recordó que un policía no puede abandonar su actividad laboral cuando su vida corre peligro, dado que ése es su trabajo. La policía tiene menos calidad y cantidad de vida que otras profesiones. La tasa de suicidios en España (2015) es de 7.76 por cada 100.000 habitantes; esa tasa sube hasta el 16.47% en el CNP y en Guardia Civil es aún mayor.
Por último, Javier Jiménez, psicólogo clínico con más de 25 años de experiencia en el suicidio, abordó la autopsia psicológica a los supervivientes como método de acercamiento a esta realidad. Un método que determina el modo en el que se ha producido la muerte (homicidio, accidente, muerte natural, suicidio) y que ayuda a conocer las causas de esa muerte, a prevenir posibles suicidios, a descubrir el perfil de la persona fallecida, a apoyar terapéuticamente a las familias y al entorno de ésta, y a detectar poblaciones vulnerables.
No es cierto que hablar del suicidio produzca un efecto llamada. Muy al contrario,  hablar del suicidio ayuda a prevenirlo. No hay que tener miedo a afrontar una realidad que se ha convertido en un problema grave en la salud pública de Europa. Por ello, jornadas como las celebradas en Madrid sirven para poner en común experiencias traumáticas como éstas entre los distintos cuerpos policiales, y por ello las conclusiones que se pusieron encima de la mesa servirán para que las tres centrales sindicales puedan tomar las iniciativas oportunas orientadas a mejorar la salud de los trabajadores y las trabajadoras de la seguridad pública en España.

jueves, 14 de marzo de 2019

El imprescindible equilibrio de género en los Cuerpos de Policía Local



Por Julio Conesa.
Los pasados día 6 y 7 de marzo se celebró en Valencia el IIº Congreso Internacional de Policías Locales organizado por la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias y el IVASPE con el lema: “Policías del siglo XXI comprometidos/as con la igualdad y la seguridad”
Dos días intensos de ponencias, debate y conversaciones entre asistentes, en un número muy elevado mujeres y esperanzadoramente “jóvenes”.
La feminización de la profesión se abre paso con objeto de ir consiguiendo un equilibrio sumamente necesario entre mujeres y hombres policías. Si alguna cosa me quedó claro durante las jornadas, es la necesidad de romper esquemas, subvertir la realidad a la que estamos acostumbradas las policías.
Ya nadie duda de que una sociedad tan compleja como la actual, requiere de intervenciones diferentes, desde otro prisma, ante los viejos retos (no superados) y los nuevos que llegan o están por venir.
Y en este contexto hacen falta por igual, la mirada del hombre y la de la mujer, cada una con sus matices, sus perfiles naturales, sus destrezas. En una comunión perfecta para evitar dejar flecos y capacidades desatendidas.
La sociedad requiere de ese cambio de paradigma.
Pudimos comprobad de primera mano, como desde Nueva York, o Méjico, pasando por la representación de la Ertzaintza,  de Mossos d’Esquadra, Guardia Civil o Policía Nacional ponían el acento en la necesidad de aprovechar todas las potencialidades que implica la incorporación real (no formal) de la mujer al quehacer policial.
Como se felicitaba a los Cuerpos de Policía Local Valencianos y en concreto a la Generalitat por el importante avance legislativo que supone la incorporación legal de las acciones tendentes a garantizar una reserva de plazas para la mujer que permita en el menor tiempo posible alcanzar un equilibrio mínimo básico de 40%. Y trabajar por romper el techo de cristal en las categorías mas altas de la estructura jerárquica.
Me llamó mucho la atención el empeño personal de la Alcaldesa del municipio de General Escobedo, en el área de Monterrey Nuevo León-México, por transformar su policía en una institución moderna, democrática, profesionalizada y vinculada con la realidad de su sociedad a la que sirve, algo que aquí consideramos básico y que allí le ha costado a ella afrontar 13 atentados terroristas por dicho empeño, perpetrados por las mafias locales.
El enfoque dado a los nuevos retos que se van abriendo en nuestro trabajo diario de servicio público como el de mediación, las unidades de atención a las victimas en general, y los servicios de atención a las victimas de violencia machista en particular y la especial relevancia que en todo ello tienen los valores y capacidades que aportan las mujeres policía.
También el necesario enfoque en la prevención que hay que dar a la planificación y programación del trabajo (sin olvidar el trabajo reactivo) fruto del cual, se constata en términos matemáticos, que desciende importantemente el nivel de criminalidad y la sensación ciudadana de inseguridad.
Y sin duda, durante las jornadas de trabajo, los testimonios, las exposiciones, las intervenciones documentadas y apoyadas en datos, abundaron en la idea de incrementar la presencia de mujeres en los cuerpos de policía, en revisar las políticas públicas en esta materia. En buscar fórmulas que permitan reclutar más mujeres, que sientan la necesidad y la posibilidad de ser policía, de cumplir con esa ilusión de servicio.
Los datos demostraron que el problema no está en el número de mujeres que aspiran a ser policía, el cual ha ido creciendo, aunque no aún en número suficiente. El problema está en porqué no alcanzan un porcentaje razonable de ingresos en los Cuerpos. Qué mecanismos existen en los procesos selectivos que dificultan su acceso a los puestos de trabajo.
Viendo a la ponente Leoanna Guillen, Oficial de la Policía Metropolitana de Nueva York, se me ocurrió pensar que aquí, en nuestra tierra aún seguimos anclados en esquemas mentales muy viejos. En unos perfiles de policía que se por lógicos o de sentido común, pero que hoy en día ya no sirven.
¿Cómo se justifica por ejemplo que tomando como referencia la talla media de la población masculina española se rebaje un 9% la que se exige en la oposición y sin embargo en el mismo supuesto, a las mujeres que se presentan a las oposiciones se les rebaje frente a la media nacional sólo un 3%?
Y esto solo es un ejemplo de las cosas que desincentivan a muchas mujeres, por no hablar de los mensajes subliminales (es una profesión de hombres) o los directos (no te presentes, aquí no quieren mujeres) que en ocasiones se tienen que oír.
En fin. El camino va a ser largo. Lo vamos recorriendo poco a poco, pero todo llegará.

lunes, 4 de marzo de 2019

Notas para el establecimiento de un Plan Autonómico Valenciano de Seguridad.


Por Julio Conesa.

La nueva Ley 17/2017 de Coordinación de Policía Local pretende entre sus objetivos impulsar el desarrollo de la participación e interrelación entre las administraciones y las organizaciones cívicas, de ahí el impulso en la creación de organismos como el Observatorio de la Seguridad.

En octubre de 2006 se constituyó el Consejo Autonómico de Seguridad Ciudadana de la Comunidad Valenciana por iniciativa de la Delegación del Gobierno y que tuvo muy poco recorrido, a pesar de ello, algunos pensamos que esta dimensión del trabajo en materia de seguridad, con un enfoque diferente al puramente técnico sigue siendo absolutamente necesario.

La inseguridad, aun siendo una realidad relativamente controlada en términos estadísticos, nunca dejara de ser un elemento preocupante. El control de las cotas en cada momento, exige tomar de decisiones en las que debe garantizarse, con carácter previo, la participación activa de todas aquellas organizaciones sociales, que por su especial relevancia y representatividad, puedan aportar puntos de vista y enfoques que ayuden al establecimiento de las opciones más adecuadas en materia de seguridad.

Después de las últimas transferencias que en materia de educación y sanidad efectuó el Gobierno en el año 2001-2002 a determinadas Comunidades Autónomas, el reparto de recursos para la gestión de los servicios públicos genero un cierto equilibrio porcentual en el peso e importancia del Estado y de las comunidades autónomas, sin embargo no llego ni al 15% los recursos destinados a los entes locales. Mermados aún más en con todo el largo deterioro que han supuesto los recortes del decenio 2008-2018.

La realidad financiera de las entidades locales dista mucho de la que entendemos debería ser la adecuada. La proximidad, la cercanía de la administración local a los ciudadanos y ciudadanas la convierte en la práctica en la administración obligada a resolver los problemas a diario.  Sin embargo el desequilibrio porcentual de recursos no permite que esto sea posible de manera eficaz y eficiente, lo que exige un mayor compromiso, respaldo y protagonismo de la acción en el ámbito local equilibrando el flujo de recursos.

En este contexto, se ha demostrado que el esfuerzo presupuestario por parte de los ayuntamientos, y en especial en materia de seguridad no se corresponde con la distribución de los recursos económicos. Las entidades locales siguen siendo los parientes pobres, pero la exigencia de dar respuesta a una realidad social cada vez más compleja y conflictiva ha obligado a los ayuntamientos a invertir en este ámbito de los servicios públicos.

La obsesión de los últimos años con el déficit económico y la estabilidad presupuestaria ha llevado a un estancamiento y recesión en la presencia de efectivos policiales (CNP y GC) en el País Valenciano, obligando en la práctica a los ayuntamientos a redoblar (sin apoyo financiero) esfuerzos económicos para poder paliar esta realidad. Y ello, pese a las restricciones impuestas por el Gobierno ha supuesto un incremento de efectivos policiales de ámbito local, si bien es cierto que de carácter precario y constreñidos por ley a actuar sólo en el estrecho marco de los límites del término municipal, por lo que su labor, con ser importante, no ha sido todo lo productiva, eficaz y eficiente que podría haber sido.

Veamos el número de efectivos como ha evolucionado. En 1995 había en el PV 14.164 efectivos tomando en consideración la totalidad de los cuerpos policiales, diez años después las cifras hablaban de más de 20.000. Hoy estamos en los 31.565, ello representa una proporción por habitante, más que adecuada tomando de referencia la opinión de los expertos y en términos globales. Veamos, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), recomienda una tasa de 1 policía local por 667 habitantes. Por otra parte, la Unión Europea a través de una Directiva recomienda la existencia de 1,8 policías locales por cada 1.000 habitantes, lo que viene a ser 1 policía por cada 556 habitantes, con las cifras actuales la proporción de policías por habitante en el Pais Valenciano se situaría en 1 policía por cada 157 habitantes.

Y por otra parte no podemos olvidar que el problema de desprotección en las zonas de interior sigue siendo importante. Ya en 2004 se calculaban en 177.648 los habitantes de interior que no tenía garantizado el servicio de seguridad local.

Por tanto es necesario repensar el sistema de seguridad pública. Es un derechó básico de ciudadanía y pone en evidencia la existencia de población de primer grado y de tercer grado que no podemos permitir.

En esta línea, consideró que debería abordarse un cambio sustancial en el sistema público de seguridad. Ello exige un cambio legal, normativo esencial como Estado: Superar la actual Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (L.O. 2/1986), hacia un Sistema Integral, que simplifique estructuras y que rentabilice todos los recursos.

Mientras tanto, se debería establecer unos criterios que permitieran fijar un “PLAN DE SEGURIDAD PARA LA COMUNIDAD VALENCIANA” como funcionamiento institucional y participado, respetando los principios de cooperación y colaboración entre las diferentes autoridades, administraciones y servicios públicos con responsabilidades en el ámbito de la seguridad, así como la participación ciudadana.

Dicho plan debería desarrollar espacios e instrumentos de planificación y coordinación, como convenios de colaboración y diferentes tipos de coordinación en seguridad, para garantizar su  eficacia y eficiencia, tanto en el logro de los resultados deseables como en el uso racional y sostenible de los recursos públicos disponibles.

En esa línea se encamina la actual Ley 17/2017 de Coordinación pese a los obstáculos que su desarrollo está encontrando. No sólo por parte de las resistencias que el propio Estado está poniendo a la implementación de las apuestas mas novedosas, sino incluso la falta de entusiasmo de algunos, la desinformación de otros y la desconfianza de muchos.

Abordar los retos obliga a repensar, romper esquemas y ser audaces. Por ello, resultará complicado inicialmente desarrollar todo el contenido de la ley.

Pero las administraciones locales deben asumir un papel destacado en la participación en el diseño y el seguimiento de las políticas locales de seguridad y en la ejecución de las competencias que los son propias en este ámbito, sobre todo a través de los servicios municipales y especialmente de las policías locales.

Se debe garantizar la coherencia del conjunto de políticas y mecanismos de coordinación que se deriven, asegurando una prestación equivalente para el conjunto de territorio y de los ciudadanos.

El objetivo, por tanto, del PLAN AUTONÓMICO DE SEGURIDAD no debe ser otro que el de dotar a la Comunidad Valenciana de un marco flexible y participado en el cual las diferentes administraciones, desde sus respectivas aportaciones y responsabilidades, puedan contribuir a la elaboración y la ejecución de políticas públicas de seguridad eficaces al servicio de los ciudadanos y las ciudadanas.

El fomento de la convivencia y la cohesión social tienen que provenir de iniciativas y políticas transversales modernas que, desde el respeto a los valores de la democracia y la libertad, garanticen la seguridad de las personas y sus bienes. Debemos aspira a dotarnos de un modelo que trascienda la concepción tradicional de la seguridad y el orden público, a favor de una orientación que se fundamente en la prevención, la promoción, la participación y la implicación de los diferentes servicios públicos, así como de la sociedad.

PROPUESTAS

La finalidad última es el aseguramiento y la promoción de los derechos y las libertades de los ciudadanos y las ciudadanas, la preservación de la convivencia y el fomento de la cohesión social. Con este objetivo final, debe diseñarse el Plan de Seguridad Pública Valenciana. Y debe inspirase en los principios de prevención de los riesgos y de las amenazas, de adecuación de los servicios de seguridad a la demanda social, de proximidad a los ciudadanos y descentralización, de eficacia de la acción pública y de eficiencia en la asignación de recursos y medios, de planificación y evaluación de las actuaciones, de proporcionalidad de la intervención pública, de corresponsabilidad y complementariedad de las autoridades y de las administraciones, de coordinación y cooperación entre autoridades, administraciones y servicios y de transparencia e información a los ciudadanos y ciudadanas. Este conjunto de principios, deben permitir dotar el Plan de seguridad de una adecuada coherencia y eficacia, y deben constituir una pauta apropiada de orientación general de las actuaciones de las diversas Administraciones y sus relaciones en este ámbito.

El Plan debe vertebrarse alrededor de las administraciones e integrar además, a los cuerpos y servicios de seguridad dependientes de las mismos así como a los órganos de coordinación y de participación que la nueva Ley 17/2017 propone. 

Será necesario que por su importancia política y la trascendencia social queden claramente definidos y garantizado el funcionamiento de los órganos de participación o de coordinación en materia de seguridad como: el Consejo Autonómico de Seguridad Ciudadana de la Comunidad Valenciana, máximo órgano de consulta y representación de las administraciones y de la sociedad; o la Comisión Interadministrativa para la Seguridad, cuya función debería ser la de asegurar la coordinación de las actuaciones y de las políticas de la Delegación del Gobierno, la Generalidad y los Municipios a través de la FVMP en materia de seguridad; tal vez la creación de la Comisión de Policía de la Generalidad, que amplie la ahora existente Comisión de Coordinación de Policías Locales e integre a la Unidad Adscrita del C.N.P. en funciones de Policía Autonómica, garantizando cohesión interna y funcionalidad en la coordinación de ambos ámbitos competenciales de la Generalitat, y las comisiones comarcales e intercomarcales de seguridad (coordinación supramunicipal prevista en la Ley 17/2017), impulsadas por la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias o la Conselleria competente en materia de Interior, en su momento, para facilitar la participación en el PLAN de los alcaldes y las alcaldesas de municipios sin policía local.

Deberá fijarse con carácter relevante el que las juntas de seguridad tengan carácter obligatorio en los municipios que cuenten con policía local, integrando a representantes de los cuerpos policiales estatales con ámbito de actuación en el mismo, reforzando las funciones y estableciendo la presidencia única del alcalde o la alcaldesa. Todo ello en orden a hacer de estos órganos piezas clave del PLAN, convirtiéndoles en una referencia necesaria para la elaboración, planificación y ejecución en el ámbito local de las políticas públicas de seguridad más generales.

Resulta imprescindible que el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE) se convierta en una institución arraigada y decisiva, reglamentando mediante norma autonómica su funcionamiento, el desarrollo de sus funciones y de su papel para promover la docencia, tanto en el ámbito de la cualificación profesional, como posteriormente en el perfeccionamiento y capacitación de los profesionales, y el asesoramiento en el ámbito de la seguridad. Que desarrolle una intensa labor de coordinación y cooperación con las Universidades Valencianas, mediante la firma de convenios que garanticen la investigación multidisciplinar y el estudio de proyectos para la mejora de los servicios a la ciudadanía.

La planificación requiere de un instrumento metodológico que contribuya a su eficacia y funcionalidad, como es la elaboración entre las administraciones públicas de un “Plan General de Seguridad”, en el que se contengan el catálogo de las previsiones, las actuaciones y los medios relativos a todo aquello que afecte o pueda afectar la convivencia y la seguridad de las personas y los bienes, y que se tiene que convertir en referencia obligada para la elaboración de los planes de seguridad locales, sectoriales, estacionales o específicos.

Considero necesario igualmente, estructurar la administración de la seguridad desde lo general y lo territorial. Coordinar funciones, servicios y procedimientos atribuidos a los delegados o delegadas territoriales del Gobierno, delegados o delegadas de la Generalidad en las materias de Interior-Seguridad.

El PLAN deberá estructurar la organización territorial de intervención de los Cuerpos de Policía y su imprescindible coordinación en función del establecimiento de ámbitos de básicos de actuación definidos como las unidades geográficas y de población dotadas con los servicios mínimos pero suficientes por atender en una primera instancia todas las necesidades de protección y seguridad de la población.

El PLAN debería así mismo, establecer donde, quién y como se garantiza de forma adecuada la ubicación de los servicios de apoyo operacional y logístico de los ámbitos básicos. Asegurar de manera suficiente la coherencia del PLAN bajo los principios de adecuación de los recursos a la demanda social y de proximidad a la ciudadanía a partir de los datos contratados en las Juntas Locales y en los Consejos de Participación Ciudadana.

Las administraciones que concurren en el ámbito de la seguridad deben basar su relación en los principios de lealtad institucional, información recíproca, coordinación, colaboración, cooperación y asistencia mutua, sólo así podrá asegurarse la eficacia y la eficiencia de la acción pública, en interés de los ciudadanos y las ciudadanas. Para ello deberá disponerse de instrumentos que canalicen estas relaciones como: convenios interadministrativos, instituciones y entidades, para el desarrollo y la aplicación de políticas sectoriales y otras iniciativas y proyectos en materia de seguridad, y en particular las de coordinación entre los Cuerpo de Policía Estatales, la Unidad CNP adscrita a la Generalidad y las policías locales y aquellos que tengan por objeto instaurar servicios unificados o de gestión conjunta, como pueden ser, oficinas de recepción de denuncias y de atención directa a los ciudadanos.

Estrechamente vinculado al anterior, deben preverse la colaboración en materia de información policial, y especialmente el mantenimiento de un sistema unificado de informaciones de interés policial, fijar quien debe administrarlo y como puede compartirse por las distintas policías. En este mismo capítulo, deben fijarse reglas básicas para la necesaria coordinación de policial y los mecanismos de asistencia mutua entre los cuerpos. Prever la planificación conjunta de los servicios y de las actuaciones en materia de seguridad a varios niveles, como método y como cultura, y en especial como herramienta a disposición de los alcaldes y las alcaldesas para la dirección y gestión eficaz de las políticas locales de prevención y seguridad.

Se debe mejorar y promover el servicio integrado de atención a los ciudadanos en caso de emergencias, que permita dar el aviso y poner en alerta los servicios que correspondan en cada caso para hacer frente a la situación creada, aumentando de este modo el nivel de seguridad de los ciudadanos y ciudadanas y la eficiencia en la respuesta a las emergencias que se producen y que afectan la vida, la seguridad o la salud de las personas.

En cuanto a las relaciones con los ciudadanos y las ciudadanas, resulta necesario e imprescindible la participación ciudadana en el nuevo sistema de seguridad, articulándolo a través de la presencia de las asociaciones y entidades ciudadanas relevantes y representativas en el Consejo de Seguridad Ciudadana de la Comunidad Valenciana, y en las juntas locales y las comisiones territoriales (comarcales o ínter comarcales) de seguridad. Además, los órganos que deban aprobar los diversos planes de seguridad deberán realizar todas las consultas previas que consideren necesarias a las asociaciones y entidades que representen intereses colectivos que se puedan ver afectados. Debe garantizarse el derecho de información que en materia de seguridad asiste a los ciudadanos y las ciudadanas en una sociedad madura y democrática, y establecer el canal por el cual pueden hacer llegar a las autoridades las quejas y las peticiones que crean oportunas sobre los servicios de seguridad y la actuación de sus agentes.

Debería crearse un servicio específico de recepción y de respuesta de quejas y peticiones que se pueda convertir en una vía permanente de comunicación entre la Administración y los ciudadanos en un ámbito tan sensible y trascendente para la vida de las personas como es el de la seguridad.

Julio Conesa
Valencia 04 de marzo de 2019.

domingo, 24 de febrero de 2019

La Gestión de la Reputación en los Cuerpos de Policía Local



Por Julio Conesa

El pasado 8 de enero de 2019, asistí a una de las Jornadas organizadas por la FVMP y la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) en Castellón y entre las intervenciones me llamó mucho la atención las reflexiones realizadas por el concejal de Castellón Toni Lorenzo en el sentido de que era muy necesario trabajar por mejorar la imagen reputacional de la policía local, fomentando las alianzas para la convivencia.

Sin duda un concepto que debe abrirse camino cuanto antes al interno de la cultura policial.

En un mundo cada vez más interconectado y globalizado, gestionar la Reputación institucional y minimizar el riesgo reputacional son dos de los retos más importantes a los que se deberían enfrentar a diario los responsables de Policía Local.

Es muy importante la imagen que la ciudadanía tiene de su policía local, pero con preocuparnos sólo de la imagen dejaríamos de lado muchos factores que afectan directamente a la reputación de Policía Local.

La falta de diferenciación o claridad entre los conceptos de imagen y reputación es un problema común.

En este sentido, los expertos señalan que “lograr entender que tener una imagen positiva trae consigo una reputación saludable facilita los procesos. No se trata solo de ejecutar acciones para mejorar la imagen, se trata de tener una buena imagen el 100% del tiempo” (Juan Manuel Lancha)

Debemos trabajar por evitar el riesgo reputacional, aquel al que nos exponemos cuando el prestigio o imagen corporativa tienen altas probabilidades de ser perjudicados, bien sea por elementos internos como por terceros.

O dicho de otra manera, es toda aquella acción, gesto, evento o situación que puede impactar negativamente en la identidad que queremos trasmitir.

En este sentido, considerar mejorar quién eres realmente como institución tendrá un impacto en tu reputación, el proceso no es inverso. De ahí la importancia de adaptar cuatro recomendaciones básicas a plantear:

§   Definir el Plan Estratégico de Reputación Corporativa:

Sin un plan de reputación definido, lo que sucederá es que tendremos la comunicación externa sólo enfocada en solucionar problemas del día a día o crisis periódicas, en lugar de gestionar la imagen a futuro.

§  La Gobernanza Corporativa:

Es necesario entender la dualidad de la persona en cualquier contexto. En el caso de los cuerpos de policía local es necesario conocer la dimensión profesional y personal de cada uno de los componen; por tanto, es importante tener una política definida eficaz con las personas hacia dentro y fuera del ámbitos profesional, que incorpore todo el valor humano que aportan.

Las personas deben estar plenamente implicadas y para ello deben desarrollarse y planificarse las mejoras internas que lo permitan.

§  Reorientar la Responsabilidad Social:

Es necesario que los mandos sean conscientes del impacto real de confeccionar acciones socialmente comprensibles. No como una herramientas de imagen sino implantada en todas las decisiones que se adopten.

§  Aglutinar cultura corporativa:

Generar complicidades con el tejido asociativo y la vertebración de la ciudadanía para conseguir una identificación con una cultura de seguridad pública participada será parte de la organización en todos los niveles. Sin dudas, se generará un ambiente de confianza y reconocimiento.


Finalmente, y alineados con la propuesta de Lancha, el plan integral de toda la organización debe estar regido por principios éticos claros. Solo así se conseguirá una cadena de comunicación saludable: decisiones claras y argumentadas ante la ciudadanía aportarán una imagen positiva y, por ende, una reputación indiscutiblemente positiva.