Por David Garfella (Inspector de Policía Local. Valencia)
El preámbulo de la ley de coordinación de PPLL 17/17, indica las premisas sobre las cuales basar nuestro modelo policial de proximidad en la Comunidad Valenciana, entre otras encontramos :
“La seguridad y la libertad son dos de los valores sobre los que se articula la convivencia democrática”.
“Las necesidades de la ciudadanía, pues las policías locales pueden y deben configurarse como instrumento de cohesión e integración social, superando un concepto restrictivo y anticuado de orden público para dar paso a otro, más amplio, basado en el principio de proximidad, que potencie su carácter preventivo y asistencial, dirigido a la resolución de conflictos”.
Pues bien, tal vez sea el momento de abordar colectivos, ciudadanos y al fin y al cabo personas a las cuales debemos nuestra dedicación, servicio y esfuerzo. Dentro de estos colectivos, me gustaría tratar de un colectivo especialmente vulnerable, cosificado y mitificado por la ciudadania en general y por los policías en particular: me refiero a las personas con Discapacidad Intelectual.
Los antecedentes nos hablan de las personas con D.I. como unas personas peligrosas, problemáticas y ante las cuales deberíamos mantener ciertas precauciones. Como ejemplo la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social (predecesora de la Ley de Vagos y Maleantes), que por el año 1970 nos hablaba de entre otros : “los enfermos y deficientes mentales que signifiquen un riesgo para la comunidad”.De esos barros estos lodos, en el imaginario colectivo, las personas con D.I. reúnen ciertas características estereotipadas y prejuicios , donde se da la construcción de un relato de peligrosidad social, configurándolas como personas carentes de derechos, se produce la mitificación de conductas y comportamientos y como resultado obtenemos la cosificación de la persona con discapacidad intelectual.
¿Cual es la situación actual Policia-Persona con D.I.?, pues bien, desde la policía partimos de un modelo policial (nuestra forma de hacer policía) que es el modelo de Policia Comunitaria o de Proximidad, siendo el eje de nuestro trabajo ; el trabajo junto ( no frente) a la sociedad. El policía es un ciudadano de uniforme, debemos realizar las estrategias necesarias para ser legítimos y así obtener el reconocimiento de la sociedad, apoyándonos siempre en principios basados en la ética policial, consiguiendo así el empoderamiento de la comunidad.
¿Y cual es la situación actual de las personas con D.I.? Pues desde el año 2008, muy clara jurídicamente hablando, pues el Reino de España procede a la Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (ONU 13 de diciembre de 2006) y lo importante; se garantiza el derecho a la igualdad ante la Ley y el acceso en plenas condiciones a la justicia ( BOE Nº 96 de 21-04-2008).Tienen igualdad de derechos también debemos facilitar su acceso a la justicia como policías, y eso requiere que cambiemos los procedimientos, los protocolos y sobre todo que realicemos ajustes para este acceso efectivo a la justicia de las personas con D.I.
Llegados a este punto definamos que son personas con D.I., son ante todo PERSONAS, la persona siempre delante, después el adjetivo ( que sufren o padecen una discapacidad intelectual) es decir : que presentan limitaciones significativas en dos niveles:
- a. funcionamiento intelectual C.I. menor a 70.
- b. conducta adaptativa: limitaciones en habilidades de la vida diaria.Se dividen en habilidades conceptuales ( lenguaje) ,sociales( ingenuidad) y practicas (vida diaria).
¿Cómo se traduce en la práctica la interacción Policia-Persona con discapacidad?
En primer lugar existen prejuicios y estereotipos en los integrantes policiales que se traducen en falsos mitos, como por ejemplo las creencias que son problemáticas y violentas, que mienten y se inventan las cosas, que no pueden, no saben y no entienden, que son como niños., que la Discapacidad se ve en el físico y por último que no tienen sexualidad o no saben controlarla.
Consecuentemente ese imaginario de falsos mitos así como otros estereotipos y prejuicios adquiridos por el operador jurídico ( el policía) da como resultado en su interacción cuestiones como: la dificultad de detección de la discapacidad por el operador, creer que faltan a la verdad por dificultades de ubicación de los hechos en el tiempo y espacio. La persona con D.I. presenta falta de capacidad para comprender preguntas complejas ,en las declaraciones se pueden encontrar contradicciones, silencios, discursos lentos, confusión con el lenguaje, deseabilidad social, dificultades en el relato libre de los hechos. Como consecuencia de la interacción sufren altos niveles de stress, sufren mas revictimización, no comprenden la jerga policial, no comprenden consecuencias de sus actos o palabras.
¿Cómo evitar estos obstáculos para su acceso a la justicia y garantía de derechos?
El derecho de acceso a la justicia supone que la ciudadanía tenga la posibilidad real de acceder en igualdad de condiciones y con todas las garantías.
Los Ajustes de Procedimiento son las adaptaciones en los procedimientos policiales que permiten reducir la situación de vulnerabilidad de las personas con D.I., se basan en tres aspectos: apoyos a la comunicación, a la comprensión y a la toma de decisiones , con unos simples ajustes estamos salvando la barrera comunicativa de comprensión o de toma de decisiones, recordemos : son personas que presentan limitaciones fruto de su discapacidad, interactuemos con apoyos, con pautas tan sencillas como:
Apoyos en la comunicación: las personas con D.I. pueden necesitar más tiempo para procesar la información o para expresar lo que quieren decir. Muchas personas con discapacidad intelectual saben leer o escribir pero no siempre comprenden lo que leen o escriben. Debemos utilizar utilizar la lectura fácil( textos adaptados de fácil comprensión).
Pautas Útiles :
- -Utilizar frases sencillas, concretas y cortas.
- -No utilizar frases en tercera persona.
- -Evitar preguntas que incluyan alguna negación.
- -No hablar rápido.
- -No utilizar conceptos abstractos o técnicos.
- -Dar el tiempo suficiente para que se expresen.
- Otras formas de apoyo a la comunicación pueden ser el uso de imágenes, pictogramas o dibujos.
Apoyos a la comprensión: presentan una capacidad limitada para comprender frases y preguntas complejas. Puede que no sepan leer o escribir o que, aunque sepan, no comprendan adecuadamente. Es de mucha importancia que comprendan cuáles son sus derechos cuando son detenidos para ello existen los textos de lectura fácil, es decir la adaptación de textos que permite una lectura y una comprensión más sencilla de un contenido. No sólo abarca el texto, sino también se refiere a las ilustraciones y maquetación.
Apoyo en la toma de decisiones: pueden necesitar apoyos para comprender la información necesaria para tomar la decisión o no entender las consecuencias de algunas elecciones, por ejemplo declaran en comisaría sin la presencia de su abogado sin comprender las consecuencias.
Conclusiones:
Creo que la primera es evidente: cambiemos nuestra mirada ante la Persona con D.I., reconozcamos en ella a un ciudadano o ciudadana con plenos derechos a los que debemos tratar no como un diferente, sino con la eficacia que requiere que seamos capaces de garantizar plenamente sus derechos y su acceso a la justicia, ante todo que veamos una PERSONA, que por su discapacidad sufre ciertas limitaciones, y tal vez en un esfuerzo mayor seamos capaces de “ponernos en sus zapatos y recorrer su camino cada día” para conseguir esa empatía tan necesaria y ser la verdadera policía legítima de su comunidad. El policía es un ciudadano de uniforme.
Por último, reconocer desde estas líneas el trabajo de la sociedad civil, entre otras la Organización “Plena Inclusión” por su magnifico trabajo en el ámbito jurídico con las personas con discapacidad.( https://www.plenainclusion.org/).
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