Por Ana Odena del Campo
(Intervención ante el 1er. Congreso de Seguridad Local de la Coordinadora General de la Agrupación Sindical de Policía local de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO-PV. Benidorm 17 de noviembre 2018)
Buenos días a todos y
a todas.
Mi exposición va a
versar sobre la necesaria oportunidad del establecimiento de la Disposición
Transitoria Séptima en la Ley 17/2017 de medidas correctoras de la desigualdad
de género en los Cuerpos de Policía Local.
OBJETIVO:
El objetivo de esta
disposición es conseguir el equilibrio de plantillas entre hombres y mujeres.
Estableciéndose dicho equilibrio en un 60% de hombres y 40% de mujeres. Para
ello se establecerán las acciones positivas previstas en la normativa de igualdad
de género a través de los necesarios planes de igualdad de los distintos
ayuntamientos.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres en su exposición de motivos, presta
especial atención a la corrección de la desigualdad en el ámbito específico de
las relaciones laborales. Para ello la Ley pretende promover la adopción de
medidas concretas a favor de la igualdad en las empresas. Dentro del mismo
ámbito del empleo, pero con características propias, se consignan en la Ley
medidas específicas sobre los procesos de selección para la provisión de
puestos de trabajo en el seno de la Administración del Estado. Y esta
proyección de la igualdad se extiende a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a
las fuerzas Armadas.
MEDIDA TRANSITORIA:
Al abrigo de esta Ley
Orgánica, esta medida transitoria se implementa en una reserva del 30% de las
plazas de acceso a la escala básica para mujeres.
Alcanzado dicho
objetivo, la mencionada disposición ya no tiene objeto y por lo tanto deja de
tener efecto.
El Ayuntamiento de
Valencia, es el primero y según nos consta de momento el único, que ha
publicado unas bases de oposición de agente ajustadas a la nueva ley 17/2017
con un turno de reserva para la mujer.
En dichas bases se hace
constar el número de plazas correspondientes para cada uno de los turnos, el
turno libre (28 plazas) y el de movilidad (12 plazas) y de conformidad con la
Disposición Séptima y con el Plan de Igualdad para empleadas y empleados del
Ayuntamiento de Valencia, se reserva el 30% de las plazas para mujeres, es
decir, 8 plazas para el turno libre y 4 para movilidad.
Las bases inciden en
el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Igualdad de ese Ayuntamiento y
se declara dicha convocatoria infra-representada a favor el sexo femenino al
existir un porcentaje superior de hombres en el número total del personal
funcionario de carrera.
CONTEXTO HISTÓRICO
También conviene
poner la atención sobre el contexto histórico de presencia de la mujer en la Policía
Local a nivel nacional.
Las primeras noticias
es que tenemos es que en 1970 entró una decena de mujeres en la Policía Local
de Córdoba, y a partir de ahí fueron un goteo de ciudades que se fueron sumando
a abrir este colectivo a la presencia de la mujer, eso sí, con funciones
acotadas en la inmensa mayoría a Trafico y Circulación.
Aquí en el País
Valenciano la primera promoción más numerosa fue en 1981 cuando el Ayuntamiento
de Valencia convocó una oposición de 140 plazas y de estas, 26 fueron mujeres.
Es la promoción más numerosa de mujeres hasta la fecha, y han pasado 37 años.
A pesar de esta
realidad incontestable, hay quien aún se pregunta…..
¿CUALES SON LAS RAZONES PARA IMPONER ESTA MEDIDA?
Una medida polémica e incomprendida en
muchos casos.
Pero LOS DATOS SON
TOZUDOS y demuestran la necesidad de la misma.
En CCOO estamos
elaborando un estudio a nivel nacional de la presencia de la mujer en los
Cuerpos de Policía Local. Es un trabajo muy costoso, casi de investigación que
en muchos casos nos aboca a una ausencia de datos, lo cual en sí mismo, es un
dato.
EN LA ACTUALIDAD
Los datos agrupados a
nivel autonómico son aproximados, ya que al estar diversificados en muchos
municipios hace especialmente complicado la obtención de los mismos, no obstante,
nos rebelan que estamos alrededor de un 12% de presencia de la mujer.
En el Ayuntamiento de
Valencia, la oficina de estadística nos ha proporcionado una muestra de la
evolución de la plantilla de la PLV, según escala y sexo desde 2009 (desde que
tienen datos) al 2018.
Me van a permitir que
les exponga únicamente los datos del 2009 en comparación con los del 2018,
porque son reveladores.
2009
|
2018
|
|||
Hombres
|
Mujeres
|
Hombres
|
Mujeres
|
|
AGENTES
|
1224
|
207
|
1119
|
200
|
OFICIALES
|
173
|
8
|
152
|
8
|
INSPECTORES
|
51
|
5
|
42
|
4
|
INTENDENTE
|
18
|
0
|
16
|
0
|
COMISARIO
|
5
|
1
|
11
|
2
|
COMISARIO PRINCIPAL
|
8
|
1
|
7
|
0
|
La conclusión que
arrojan estos datos es que la evolución es inexistente, y los porcentajes de
presencia de la mujer están atascados desde hace al menos 10 años, según esta
muestra. Según mi conocimiento por pertenecer a esta plantilla, algunos años
más.
En todo caso, estos
datos son representativos y se pueden trasladar al resto de los territorios.
-.Por ejemplo en la
Policía Municipal de Madrid hay una presencia del 12.32 % de mujeres.
-.En la Policía Local
de Canarias tiene una presencia incluso más baja, el 9.1% similar a la Guardia
Civil.
-.En la Ertzaintza un
12% similar a la Policía Nacional.
-.La única que se
salva un poco es la policía de Cataluña, Los Mossos d’Esquadra, el 21%.
-.En España en el
conjunto de las Policías Locales, solo un 10,8 % aproximadamente son mujeres.
-.En Holanda o
Suecia, la presencia de la mujer representa un 30%
Por tanto podemos
afirmar que nos queda mucho camino por recorrer y que esta profesión necesita
de la mujer para avanzar y construir entre todos, hombres y mujeres una
profesión donde es fundamental potenciar las características de tolerancia,
comunicación, asertividad, empatía y con buenas habilidades interpersonales además
de una gran capacidad para la resolución de conflictos.
Estas condiciones son
compartidas entre hombres y mujeres, pero me van a perdonar las mujeres somos
las numero 1 en estas habilidades sociales.
Por tanto el objeto
de esta disposición no es otro que la mujer policía deje de ser una pequeña
cifra para cubrir el expediente y se convierta en un elemento fundamental e
imprescindible en las estructuras de todos los Cuerpos policiales, para eso se
ha hecho esta disposición, ese es nuestro deseo y nuestro empeño.
Muchas gracias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Se pueden hacer comentarios, valoraciones y aportaciones a los textos publicados.
El moderador se reserva el derecho a publicar los mismos.
Se harán llegar en todo caso al autor o autora.